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viernes, abril 19, 2024

Mauricio Oliva: «Si no se regula la reelección no me sentaré a llorar»

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TEGUCIGALPA. El presidente del Congreso Nacional (CN), Mauricio Oliva advirtió que de no ser aprobada la reelección presidencial no se va sentar a llorar.

“Si no se logran los votos necesarios para regular la misma ni modo, pero la misma quedará abierta e indefinida”, expresó.

Comentó “yo siempre he dicho que el Congreso es una correlación de fuerzas». Sin embargo como no hay consensos la reelección quedará abierta e indefinida, afirmó.

Además dijo que es una necesidad poner límites, de forma tal que haya reglas claras en este proceso de reelección.

Según el funcionario la misma ya es viable, según la legislatura hondureña, y su debate quedará para 2017.

Reiteró nuevamente que el tema de la reelección presidencial ya es cosa juzgada.

Por otra parte señaló que si es necesario se revisará la ley de Secretos y que las ordenanzas son transitorias. Así como plurales y producto del trabajo humano.

“Si la ley de Secretos amerita ser revisada y existen las justificaciones pertinentes habrá voluntad para hacerlo en la Cámara Legislativa”, subrayó.

«Cosa Juzgada»

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De acuerdo a la resolución emitida por la Corte Suprema de Justicia concluye que la reelección presidencial en Honduras es caso juzgado. Por consiguiente lo que corresponde ahora es reglamentarla.

El documento emitido por unanimidad de los magistrados de CSJ cierra un capítulo sobre el polémico tema. Aunque para algunos todavía la reelección no es legal.

En la resolución, el Poder Judicial expresa que “no se pronuncia opinando, dictaminando o interpretando situaciones de carácter fáctico-jurídico”. Es decir en casos en que ya ha emitido un fallo anteriormente.

Igualmente, subraya que la Sala de lo Constitucional es el último y definitivo intérprete de la Constitución de la República.

Nota relacionada: Mauricio Oliva: “ La Reelección y el balotaje creo no caminarán”

Y sobre este caso ya ha dado una decisión de “ejecución inmediata y con efectos generales, firmes e inmutables”.

En tal sentido, la reelección no tiene ningún tipo de prohibición en Honduras porque el precepto del artículo 239 de la Constitución de la República es inaplicable.

El Poder Judicial fundamentó su respuesta en el artículo 313 de la Constitución de la República. Que dentro de las atribuciones de la CSJ no contempla emitir opiniones sobre sentencias que hubiere dictado.

También en la Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales, en su artículo 111, se manifiesta: “los jueces y magistrados deberán abstenerse en absoluto de expresar y aún de insinuar su juicio respecto de los asuntos que por ley son llamados a fallar”.

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