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viernes, abril 19, 2024

Marlon Duarte: “Artículo 184 es inconstitucional por ser atentatorio contra DD.HH”

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HONDURAS. A criterio del reconocido abogado penalista, Marlon Duarte, el artículo 184 del Código Procesal Penal debe ser declarado inconstitucional por el hecho de que es atentatorio contra los derechos humanos de las personas.

En ese sentido, Duarte señaló que Honduras ratificó la convención de Palermo. Y, la de Derechos Humanos que es manejada por la Corte Interamericana de DD.HH.

Asimismo, reiteró que el artículo 184, tal y como está actualmente, es atentatorio contra garantías constitucionales de los procesados. Dichas garantías son las de libertad y el de principio de inocencia.

En ese sentido, indicó que en el 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos también se pronunció al respeto.

Duarte recordó que la CIDH estableció que ninguna persona por la gravedad de la pena; o por la gravedad del delito, se le va a imponer una medida cautelar de prisión preventiva.

“Esa es la revisión correspondiente. Será la Sala Constitucional que determinará si dicho artículo en realidad se convierte en una violación a garantías constitucionales.

El togado no comparte que sea la Sala Constitucional la que resuelva la laguna jurídica que se presenta en dicho artículo. Eso, por considerar que los diputados tienen la obligación ineludible de legislar y emitir las leyes.

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Duarte: “Diputados deben dejar de aprobar leyes atentatorias contra el debido proceso”

“Si el Presidente en un momento vetó esto y no lo sancionó. Pues lógicamente ellos tuvieron que haberlo aprobado por la mayoría. Ellos lo hubiesen aprobado nuevamente para que independiente de que el Presidente lo vetó; esto lo hubieran publicado y resuelto y de esta manera”, señaló.

Asimismo, apuntó que es lo mismo que pasa con la Ley de Privación de Dominio. “Los diputados deben ser valientes. Y, publicar estas leyes porque son atentatorias al debido proceso y a la garantía de inocencia”, replicó.

A efecto de eso, el penalista expuso que no se pueden quitar primero los bienes a una persona; y después decirle que están investigando.

 “Debió ser reformado desde el 2013 cuando el Presidente en el decreto 63 ordenó la reforma del 184. Desde que fue hecho esto empezó mal. Y, lógicamente ahora, como es la percepción de las personas, es que se toca a gente de muy alta envergadura. Se impulsa que se transforme la ley. Y, eso le da el tinte de ilegalidad de las personas que no conocen la ley”, señaló.

La Sala Constitucional deberá de resolver la petición presentada por los apoderados legales de los acusados en el caso Pandora.

Cabe indicar, que al menos cinco recursos de inconstitucionalidad se han presentado contra el artículo 184 del Condigo Procesal Penal.

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