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jueves, marzo 28, 2024

Luis Redondo exige que jefe de las FFAA explique renuncia de Raynel Fúnez

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. El diputado del Partido Innovación y Unidad Social Demócrata (PINU-SD), Luis Redondo, solicitó mediante una moción que el jefe de las Fuerzas Armadas explique la razón de la renuncia de Raynel Fúnez.

Redondo pide interpelar al jefe del Estado Mayor Conjunto, el General de División, René Orlando Ponce Fonseca, para que se presente ante el pleno del Congreso Nacional en referencia a la renuncia del subjefe de las FF.AA., Raynel Enrique Fúnez Ponce.

La renuncia irrevocable fue presentada el 19 de febrero del presente año.

Lo que se pretende es que Ponce Fonseca rinda un informe sobre las razones de la renuncia del miembro del alto mando del Ejército. En la exposición de motivos de su moción, el congresista señala que Fúnez Ponce habló de un punto importante en la carta enviada.

En la cual dice: “El motivo de la presente se origina debido a que las situaciones que se viven en nuestro país y a lo interno de nuestras Fuerzas Armadas van en contraposición de los principios y valores que se me forjaron durante mi formación como oficial, y que a lo largo de mi carrera he venido manteniendo”.

Ascensos violentan relevo generacional 

Además solicita explicación del porqué de los ascensos que violentan el relevo generacional y ponen en precaria situación la institucionalidad del Ejército, volviéndolo un ente político.

Después de citar varios artículos del Código Militar, el congresista expuso que es evidente que se violentó lo establecido en la ley con los ascensos de estos coroneles de Infantería:

  1. Selman David Arriaga Orellana
  2. Héctor Rubén Padilla Cerna
  3. Manuel de Jesús Aguilera
  4. Héctor Orlando Espinal Aguilar
  5. José Estanislao Martínez López
  6. Capitán de Navío, José Saúl Reyes Soto
  7. Coronel de Artillería, Óscar Orlando Reyes Paz
  8. Coronel de Aviación, Javier René Barrientos Alvarado, al grado General de Brigada.

Estos ascensos, como lo también indicado en la renuncia expuesta por Fúnez, son razón suficiente para aplicar lo establecido en el Artículo 205, preámbulo y numeral 22, de la Constitución de la República, según Redondo.

La petición en base a ley 

El diputado basó su petición en los artículos 205 y 13 de la Constitución de la República, que dicen lo siguiente:

Artículo 205. Corresponde al Congreso Nacional, las atribuciones siguientes: 22) interpelar a los secretarios de Estado y a otros funcionarios del Gobierno Central, organismos descentralizados, empresas estatales y cualquiera otra entidad en que tenga interés el Estado, sobre asuntos relativos a la Administración Pública; y los artículos 13 y 47, numeral 3, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Artículo 13. Solicitar la comparecencia al pleno de cualquier funcionario público para que se pronuncie sobre cualquier asunto de interés nacional. Dicha comparecencia es de carácter obligatorio. Considerando que este Congreso Nacional ha abierto como debe ser las comparecencias ante el pleno; tal como lo ha venido haciendo la Comisión Interventora del RNP.

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