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viernes, abril 19, 2024

JOH pide limitar la reelección en estatutos partidarios del PN

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. A horas del desarrollo de la convención del Partido Nacional, el actual presidente de la república, Juan Orlando Hernández, pidió este viernes a sus convencionales limitar  la reelección por una única vez en sus estatutos partidarios.

A través de su cuenta personal de Twitter, el mandatario recordó que en 2016, ya siendo presidente, aceptó la candidatura por única vez.

Sin embargo, por algunas razones otros partidos no han querido limitar la reelección presidencial a una sola vez. Por ese motivo, solicitó hoy a los convencionales del PN que lo hagan parte de sus estatutos.

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Mauricio Oliva: “JOH no participará más en la reelección”

Cabe mencionar que días atrás, el presidente del Poder Legislativo, Mauricio Oliva, admitió que el actual gobernante le confesó de manera personal y privada que ya no buscará una nueva reelección presidencial.

«El presidente Hernández no va a aspirar más. Me comunicó que piensa asistir a la convención del partido a despedirse del Partido Nacional (PN). Y agradecerles por la confianza que se le ha dado en los distintos cargos de elección popular que ha ocupado él», especificó Oliva.

Por su parte, el diputado del Partido Nacional, Jorge Lobo, lamentó haber apoyado el proceso de reelección presidencial cuando Hernández lo propuso.

En ese sentido el militante del movimiento Todos Por El Cambio del PN reconoció que «como nacionalistas se equivocaron. Y pido disculpas al pueblo hondureño por toda esta situación en la que apoyamos ese proceso».

Como se recordará en abril de 2015, los cinco magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Honduras fallaron a favor del recurso interpuesto por el expresidente Rafael Leonardo Callejas sobre declarar inaplicable el artículo 239 de la Constitución de la República, dando así vía libre a la reelección presidencial en el país.

El fallo abarcó el recurso que presentaron 16 diputados para borrar el párrafo 2 del artículo 239, que criminalizaba hablar sobre la reelección presidencial.

Dicho articulado disponía que  «El ciudadano que haya desempeñado la titularidad del Poder Ejecutivo no podrá ser Presidente o Designado. El que quebrante esta disposición o proponga su reforma, así como aquellos que lo apoyen directa o indirectamente, cesarán de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos y quedarán inhabilitados por diez años para el ejercicio de toda función pública».

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