Tegucigalpa, Honduras. De acuerdo con especialistas en Derecho consultados por Diario Tiempo, Juan Orlando Hernández (JOH), presidente el Congreso Nacional (CN) entre 2010 y 2014, y los diputados de ese periodo que votaron a favor, deberían pagar las indemnizaciones económicas derivadas de la sentencia que emita la Corte Interamericana de Derechos Humanos (C-IDH) tras haber admitido el Estado de Honduras su responsabilidad en la destitución «ilegal e inconstitucional» de cuatro magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en 2012.
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La sentencia de la C-IDH se emitirá en los próximos días; en tal sentido, según lo que en ella se establezca, cabría aplicar una «acción de repetición«, que es una acción de carácter patrimonial que, según la Constitución de la República, debe ejercerse en contra del servidor o exservidor público que como consecuencia de su conducta dolosa o de grave culpa haya sido condenado el Estado al pago de una indemnización.
Al ser consultado al respecto, el abogado y analista, Oliver Erazo, considera que esta acción de repetición podría mandar a que JOH y los diputados que votaron a favor de la destitución de los jueces el 12 de diciembre de 2012 sean los que paguen la demanda en términos económicos.
«Primero, el Estado debe pagar las reparaciones, y luego ellos (JOH y los diputados); esa es la acción de repetición», y estas reparaciones pueden ser, según explicó Erazo, «materiales y no materiales».
«La clase política debe entender que hoy en día la responsabilidad y seriedad histórica en el ejercicio del poder debe estar muy alejado del tema ideológico», señaló.
Indemnizaciones
Los afectados son los abogados y exmagistrados de la Sala Constitucional: José Antonio Gutiérrez Navas, José Francisco Ruiz Gaekel, Gustavo Enrique Bustillo y Rosa Linda Cruz Sequeira.
Diario Tiempo también contactó con el abogado Wilfredo Castellanos, quien considera que al haber aceptado su responsabilidad en la destitución de los magistrados en 2012, el Estado “tiene que efectuar las reparaciones del caso, y estas pueden ser una indemnización económica o un reintegro a la CSJ”, como lo peticionaron los abogados defensores. Pero también podrían aplicarse “reparaciones morales como el perdón público, o un homenaje, con algún bulevar que lleve su nombre», detalló.
Incluso, según el jurista, «la Procuraduría General de la República (PGR) puede perseguir los bienes de los diputados que participaron de la destitución de los cuatro magistrados».
No obstante, la PGR debe «investigar minuciosamente» a los diputados que participaron de la destitución, pues de los 128 de ese momento, «no todos votaron a favor, ni son culpables«.
En tal sentido, considera que el caso “abre una brecha interesante”, pues los magistrados piden su reintegro. No obstante, el Estado de Honduras estableció que llevar a cabo una restitución es prácticamente imposible, pues hay abierto actualmente un proceso de elección de una nueva CSJ en el país.
«Habrá que ver qué ordena la Corte Interamericana y, por otro lado, ver si el Estado va a darle efectivo e inmediato cumplimiento a las medidas de reparación que se determinen», analizó Erazo.
¿Corresponde al Estado pagar?
Sobre este aspecto, Erazo remarcó el hecho de que el Estado “es una figura permanente-perpetuo” y que “los pasajeros son los Gobiernos”.
En consecuencia, destacó que el problema es que “los gobiernos están violentando los derechos humanos de los ciudadanos de manera sistematizada”, algo que conlleva consecuencias.
«Se están violentando los Derechos Humanos. Y eso, si la CSJ no responde con justicia inmediata y efectiva los recursos de amparo que se interponen, el caso va a ser otra condena para el Estado de Honduras», explicó.
«En el Estado de Honduras, los gobiernos tienen que aprender que en el ejercicio del poder, el respeto a los derechos humanos es un eje principal, y también es un eje transversal para fortalecer la democracia y las instituciones políticas», señaló.
Otro aspecto negativo sobre este accionar por parte de los gobiernos es que, como consecuencia, “Honduras no accede a acuerdos internacionales, como, por ejemplo, la Cuenta del Milenio”, según Erazo.
Y en cualquier caso, indicó que el Estado “no está en la capacidad” de cubrir las reparaciones económicas o repercusiones que genere el irrespeto a los derechos humanos de los ciudadanos.
No existía el juicio político
En este punto, Castellanos y Erazo coinciden al considerar “ilegal” la destitución de los cuatro magistrados en 2012.
«En ese tiempo (en 2012) no estaba la figura del juicio político y el Congreso Nacional. No tenía atribuciones legales para poder destituirlos (a los magistrados)», explicó Castellanos.
Además, recordó que fue hasta después de su destitución que apareció la figura del juicio político. Por tal razón «se sometió el caso a la C-IDH y ésta consideró que se violentaron garantías y derechos (de los destituidos)”.
La sentencia
Castellanos explicó que la C-IDH deberá detallar las reparaciones que el Estado de Honduras deberá hacer a los cuatro magistrados. Pues «todas las sentencias establecen reparaciones, ya sea materiales, como los salarios dejados de percibir. O una indemnización por daños morales, familiares, personales», explicó.
Y este caso, según el experto, es un claro “llamado de atención para el Estado”. Para que este tipo de situaciones “no se vuelvan a repetir”.
Antecedentes
Los magistrados destituidos resultaron electos de manera democrática por el Congreso Nacional para integrar el pleno del Poder Judicial entre los años 2009 y 2016.
Sin embargo, fueron destituidos el 12 de diciembre del 2012 por «responsabilidad administrativa» según alegó entonces el CN. Acto seguido, los magistrados destituidos acudieron a las instancias nacionales para evitar su baja de los cargos, pero no hubo respuestas.
En consecuencia, se elevó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Luego a un juicio en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (C-IDH).
La representación legal del Estado de Honduras manifestó en la audiencia en la C-IDH que hay diálogo y acercamiento con los afectados y sus abogados. Esto para lograr una solución «amistosa» ante la determinación que tome la C-IDH.