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viernes, abril 19, 2024

En L443 se incrementa el techo mínimo para aportaciones al RAP

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. De acuerdo a lo establecido en la Ley Marco del Sistema de Protección Social en cuanto a la gradualidad de las aportaciones de la seguridad social, se incrementó en 443.12 lempiras el techo mínimo de aportación al Régimen de Aportaciones Privadas (RAP).

La ley se estableció por Decreto Legislativo 56-2015 y en el Acuerdo Ejecutivo STSS-390-2015; en la que establece que la cotización será aplicada de forma gradual a seis años.

En el presente año la contribución al RAP se fijó en base al salario de 9,326.42 lempiras. Mientras en el 2018, las deducciones se calculaban en base a 8,883.30 lempiras. Esto representa un aumento en el techo equivalente a 443.12 lempiras.

La cifra anterior es similar al recién aprobado aumento al salario mínimo.

Esta cotización se realiza solo para las personas que devengan más que monto mínimo y se calcula el 3 % de los cuales el 1.5 % es aportado por el empleado y 1.5% el patrono.

Dicho aumento en el techo, representaría un incremento de 6,64 lempiras. Esto fondos representan un ahorro para el empleado.

¿De cuánto será la aportación al RAP?

Si un empleado gana el techo mínimo de L.9,326.42 deberá aportar al RAP 139.90 lempiras. Mientras que si gana 15,000 lempiras le van a deducir en este año 225 lempiras mensuales, igual que el año anterior.

Pues, en el caso de la aportación al RAP únicamente se eleva el techo mínimo de cotización. Lo anterior, en contraste el incremento a las aportaciones para el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS); el cual incrementó para todos los empleados.

Sin embargo, los abonados continúan manifestando su descontento en la atención del IHSS. Todos los empleados que ganen menos de L. 9,326.42 no podrán ahorrar en el RAP.

Cabe recordar que en diferentes ocasiones los dirigentes obreros han denunciado que más del 50 % de los trabajadores no obtiene el salario mínimo establecido por la ley.

El RAP está obligado a otorgar al afiliado el retiro de sus aportaciones al cumplir con los requisitos de ley. Los mismos deberán sumar la totalidad de los ahorros comprendida por la aportación del trabajador, más la de su empresa y además los intereses.

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