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martes, abril 23, 2024

COHEP: Se continuarán cubriendo incapacidades temporales por COVID-19

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. El Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP), informó ayer, martes, que las incapacidades temporales a causa de la COVID-19, continuarán pagándose y las cubrirá el Régimen de Previsión Social de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).

A través de un comunicado, la empresa privada también explicó que el IVM continuará pagando todas las incapacidades temporales por causa de enfermedades comunes.

Así también, en caso de sufrir un accidente que impida al trabajador dedicarse a sus actividades laborales ordinarias, debido a que requieren de tratamiento médico y de reposo para restablecer la salud.

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El comunicado

El COHEP recordó en su comunicación escrita que, el IHSS administra 3 regímenes de aseguramiento:

  • Régimen de Seguro de Atención de la Salud
  • Seguro Previsión Social en su pilar colectivo de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM)
  • Régimen del Seguro de Riesgos Profesionales.

Sin embargo, aclaró que su documento únicamente tiene efectos en relación a las incapacidades temporales que extiende el Seguro Social; específicamente por razón de accidentes o enfermedades profesionales.

Lo anterior significa que se refiere a aquellas que tienen su origen y relación directa, obligada e inequívoca del trabajo que se ejecuta por cuenta ajena en beneficio de un empleador.

«Todas las incapacidades temporales por causa de enfermedades comunes o por haber sufrido un accidente que impida al trabajador dedicarse a sus actividades laborales ordinarias, que requieren de tratamiento médico y reposo para restablecer la salud, se continuarán pagando del Régimen de Previsión Social de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM)», cita el escrito.

Llamado a la calma

Por otro lado, los empresarios hicieron un llamado a la población asegurada del IHSS para mantener la calma. Esto, porque «las incapacidades temporales que se extiendan por causa del COVID-19, se pagan y seguirán cubriéndose por el régimen de previsión social de IVM», explica el COHEP.

Finalmente, el comunicado agrega que «cualquier pago de salario que realicen las empresas a los trabajadores incapacitados temporalmente por causa de riesgo profesionales, debe ser reembolsado por el IHSS». Además, se constituye en una cuenta por cobrar al Régimen de Seguro de Riesgos Profesionales.


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