Redacción. El presidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, anunció mediante su cuenta oficial de X una convocatoria urgente dirigida a los integrantes de la Comisión Permanente.
La reunión está programada para iniciar este lunes 29 de diciembre a las 2:00 de la tarde en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional.
Según el comunicado, la Presidencia de la Comisión Permanente actúa en uso de las facultades que le otorga la Constitución de la República y la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
Aunque el documento firmado por Luis Rolando Redondo Guifarro no especifica los temas de agenda, la convocatoria ha despertado interés por realizarse en los últimos días del año. Se espera que en las próximas horas se brinden más detalles sobre los puntos que tratarán los legisladores en esta sesión presencial en Tegucigalpa.

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Atribuciones
El artículo 208 también establece las quince atribuciones de la Comisión:
- Emitir su reglamente interior.
- Emitir dictámenes y completar los demás trámites de los asuntos que hubieran quedado pendientes, para que puedan ser considerados en la legislatura subsiguiente.
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Preparar y someter a consideración del Congreso los proyectos de reforma a las leyes que, a su juicio, respondan a las necesidades del país.
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Recibir del Poder Ejecutivo los decretos emitidos en los últimos diez días de sesiones del Congreso Nacional, debidamente sancionados.
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Recibir denuncias por violaciones a esta Constitución.
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Mantener bajo su custodia y responsabilidad los archivos del Congreso Nacional.
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Publicar una edición de todos los decretos y resoluciones emitidos por el Congreso Nacional en sus sesiones anteriores, dentro de los tres meses siguientes a su clausura.
- Convocar al Congreso Nacional a sesiones extraordinarias a excitativa del Poder Ejecutivo o cuando la exigencia del caso lo requiera.
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Recibir del Poder Ejecutivo la documentación e información relativa a convenios económicos, operaciones crediticias o empréstitos que dicho Poder proyecte celebrar, autorizar o contratar, a fin de informar al Congreso Nacional de manera oportuna en sus próximas sesiones.
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Presentar al Congreso Nacional un informe detallado sobre sus trabajos durante el periodo de gestión.
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Elegir interinamente, en caso de falta absoluta, a los sustitutos de los funcionarios que deben ser designados por el Congreso Nacional.
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Llamar a integrar a otros diputados en caso de ausencia de los miembros de la Comisión.
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Conceder o negar permiso al presidente y al vicepresidente de la República por más de quince (15) días para ausentarse del país.
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Nombrar las comisiones especiales que sean necesarias, integradas por miembros del Congreso Nacional.
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Las demás (atribuciones) que le confiere la Constitución.
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