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miércoles 10 diciembre 2025

MP asegura que requerimiento fiscal contra magistrados del TJE está fundamentado

Redacción. El Ministerio Público (MP) informó este miércoles que el requerimiento fiscal presentado contra los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral (TJE), Mario Flores Urrutia y Miriam Barahona, está debidamente fundamentado con pruebas documentales y testimoniales.

El MP justificó sus acciones mediante un comunicado dirigido a la comunidad nacional e internacional, explicando los hechos que motivaron la acción penal y las investigaciones en curso.

Asimismo, manifestó que el objetivo de la institución es garantizar la transparencia y legalidad del proceso electoral.

El ente acusador señaló a los magistrados por presunto delito de prevaricato judicial, tipificado en el artículo 516 del Código Penal. Los acusados, considera, habrían emitido resoluciones contrarias a la ley.

Entre las irregularidades señaladas se encuentra la declaración “sin lugar” de una recusación y la autorización para la inscripción de ciudadanos que no cumplían con los requisitos legales.

Estas decisiones fueron adoptadas en un pleno de dos magistrados, explica el MP. La normativa electoral establece la participación de los tres magistrados propietarios o, al menos, de dos propietarios y un suplente, según el artículo 35 de la Ley Orgánica y Procesal Electoral, explicó el ente acusador..

Comunicado emitido por el ente acusador sobre el requerimiento en contra de los magistrados del TJE.

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Procedimiento 

Previo a la presentación del requerimiento, el MP solicitó un antejuicio ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Sin embargo, determinó que los magistrados del TJE no contaban con prerrogativas que les otorgaran ese beneficio, permitiendo avanzar con la acción conforme a derecho.

Expertos en derecho argumentaron que los magistrados del TJE gozan de las mismas prerrogativas que los de la Corte de Suprema de Justicia, lo que impide que se les acuse mediante este procedimiento. Sin embargo, el ente acusador realizó el requerimiento.

Se ha cuestionado esta situación porque, al no aprobarse el antejuicio, los magistrados conservan su inmunidad.

Esto impediría que la fiscalía ejerza acciones penales o presente requerimiento mientras ellos estén en funciones. De esta manera, se garantizaría la protección de su cargo frente a procesos judiciales prematuros.

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