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viernes, abril 19, 2024

Formal procesamiento para Gabriel Rubí y exfuncionarios de COPECO

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. Auto de formal procesamiento dictó un juez de los Juzgados Anticorrupción contra tres exfuncionarios de la Comisión Permanente de Contingencias (COPECO) y un empresario, a quienes el Ministerio Público (MP) acusa por presuntos actos irregulares que cometieron en el marco de la pandemia del COVID-19.

Así lo informó este martes la Fiscalía Especial para la Transparencia y el Combate a la Corrupción Pública (FETCCOP).

Según la FETCCOP, la resolución es contra el exsecretario de Estado en COPECO, Gabriel Alfredo Rubí Paredes y el exsubcomisionado, Gustavo Adolfo Cruz Gómez. A ellos dos les imputan los delitos de fraude y violación a los deberes de los funcionarios.

Juzgado Anticorrupción
La causa contra los exfuncionarios de COPECO la conoce el Juzgado Anticorrupción.

Además la resolución abarca a la ex directora Interina del Centro Nacional de Investigación y Capacitación, Arlette Magaly Montero Rodríguez, y el representante legal de la empresa JF construcciones, Fernando Sierra. A ellos se les supone responsables del delito de fraude a título de cooperador necesario.

En este caso está prófugo de la justicia el exadministrador de COPECO, Cristian Elías Santeli. A él lo señalan de fraude y violación a los deberes de los funcionarios.

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Acusación contra exfuncionarios de COPECO

La acción interpuesta en el Circuito de los Juzgados Anticorrupción establece que los exfuncionarios se ampararon en un decreto de emergencia el 10 de febrero de 2020.

En esa fecha, gestionaron la construcción de un centro de triaje en el Instituto Cardiopulmonar del Tórax. Según la investigación, ese establecimiento no lo solicitaron las autoridades hospitalarias.

Sn embargo, siempre suscribieron un contrato por más de cuatro millones de lempiras con una empresa constructora y se estima que hubo una sobrevaloración cercana al millón y medio de lempiras.

Hospital del Tórax
Nunca se concluyó la obra de construcción en el Hospital del Tórax.

La obra no contaba con los estudios, diseños o especificaciones generales y técnicas en función de una necesidad en el área de salud.

Además omitieron los requisitos previos que establece la Ley de Contratación de Estado, violando así varios de sus artículos que buscan eficiencia y transparencia que brinden mejores condiciones de costo y calidad.

De igual manera, la investigación establece que Gabriel Rubí autorizó el pago del 15 por ciento de anticipo sin cumplir con todos los requisitos antes del inicio de la obra.

Por su parte, Gustavo Adolfo Cruz decidió de manera unilateral que empresa sería la que ejecutaría la obra. También Cruz era quien hacía las verificaciones de avances y recibía las estimaciones, labor que no le correspondía.

Al final la obra quedó inconclusa, no hubo un acta de recepción de entrega final ni una garantía de calidad.


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