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jueves, abril 25, 2024

Libres Olvin Mejía y dos más, favorecidos por reformas penales

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TEGUCIGALPA, HONDURAS.- El expresidente del Colegio de Abogados de Honduras (CAH), Olvin Antonio Mejía Santos, quedó en libertad el fin de semana, luego de verse favorecido con las recientes reformas al Código Penal.

La noticia fue confirmada a Diario Tiempo por una fuente de los Tribunales de Justicia y otra del Instituto Nacional Penitenciario (INP), que detallaron que Mejía junto a otros dos acusados por varios delitos recobraron su libertad.

El expresidente del CAH, Reynerio Valle Valle y Francisco Arturo Mejía Chinchilla son los tres personajes que salieron. A cada uno se le acusó del delito de lavado de activos.

El portavoz del MP, Yuri Mora, dijo a Diario Tiempo que el MP no está llevando el seguimiento, pero que se conoció de primera mano que la liberación de Valle no había sido notificada a la Fiscalía del Crimen Organizado (FESCCO).

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Expresidente del CAH estaba preso desde 2017

A Mejía lo capturaron por el desfalco al Colegio de Abogados de Honduras (CAH).
A Mejía lo capturaron por el desfalco al Colegio de Abogados de Honduras (CAH).

Desde el 2017, Mejía Santos guarda prisión por los delitos de malversación de fondos y falsificación de documentos privados.

A Mejía lo encontraron culpable por un desfalco millonario contra el CAH y el Instituto de Prevención de los Abogados, los cuales dirigió durante 2008-2010 y 2012. El 26 de septiembre del 2019, el Juzgado en Materia de Corrupción mediante la individualización de penas, logró condenarlo a ocho de cárcel.

El titular de la Unidad Fiscal Contra las Redes de Corrupción (UFERCO), Luis Javier Santos, advirtió días atrás en Twitter: «Se consolida el ‘pacto de impunidad’ y se debilita la lucha contra la corrupción. Con la publicación en La Gaceta de hoy, entran en vigencia reformas aprobadas, veremos la consecuencia de esto en pocos días, !es grave¡».

Ministerio Público rechaza reformas

El Ministerio Público (MP) se pronunció a través de un comunicado oficial, en el que manifestó que la reforma al artículo 439 del Código Penal, relacionada con el delito de lavado de activos, representa un retroceso en el combate a la criminalidad organizada, específicamente, al tráfico de drogas delitos de corrupción y lavado de activos.

Seguidamente se expresa que la reforma también limitará el ejercicio de la acción penal pública. El MP deberá acreditar que los bienes objeto del lavado provienen expresamente de algunos delitos señalados en esa lista, aunque la persona investigada no logre justificar el origen lícito.

Comunicado del MP sobre reformas a la Ley de Lavado de Activos.
Comunicado del MP sobre reformas a la Ley de Lavado de Activos.

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