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sábado, septiembre 7, 2024
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En Tegucigalpa un abogado halla feto en tubería de su casa

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Redacción. En la tubería de una vivienda ubicada en la Residencial Hacienda Real, en Tegucigalpa, se encontró en las últimas horas el cuerpo de un feto, lo que provocó alerta en las autoridades.

Según las informaciones, un abogado, propietario de la vivienda, intentó utilizar el baño, pero este presentó problemas en el desagüe.

Luego, el profesional decidió contactar a un fontanero para poder repararlo. Sin embargo, al lograr destapar la tubería, ambos se llevaron una gran sorpresa al encontrar un feto dentro de ella.

De manera inmediata, el dueño de la casa alertó el hecho que fue atendido por el Escuadrón Motorizado de la Policía Nacional, UMEP-03.

Al llegar al lugar, los agentes inspeccionaron la zona y notificaron al fiscal de turno lo ocurrido. Posterior a ello se apersonaron los equipos forenses para realizar el levantamiento del cuerpo y empezar las investigaciones correspondientes.

En vivienda de un abogado encuentran feto en Tegucigalpa
Hasta el momento se desconoce si el aborto se habría cometido en la vivienda del abogado. (Residencial Hacienda Real en Tegucigalpa).

Lea también: Arrestan a joven por abortar y tirar feto en una letrina en Olancho

Aborto en Honduras

En Honduras, el aborto está constitucionalmente prohibido desde 1982 y considerado un delito que se castiga con cárcel.

CÓDIGO PENAL
Según el Código Penal, el aborto es la muerte de un ser humano en cualquier momento del embarazo o durante el parto.

Quien intencionalmente cause un aborto será castigado:

1. Con tres (3) a seis (6) años de reclusión si la mujer lo hubiese consentido;

2. Con seis (6) a ocho (8) años de reclusión si el agente obra sin el consentimiento de la
madre y sin emplear violencia o intimidación;

3. Con ocho (8) a diez (10) años de reclusión si el agente emplea violencia, intimidación o
engaño.

Asimismo, señala que se impondrán las penas señaladas anteriormente y la multa
de quince mil (L15,000.00) a treinta mil (L30,000.00) lempiras al médico que, abusando
de su profesión, causa o coopera en el aborto.

Las mismas sanciones se aplicarán a los practicantes de medicina, paramédicos,
enfermeros, parteros o comadronas que cometan o participen en la comisión de aborto.

Además, la mujer que produzca su aborto o consienta que otra persona se lo
cause, será sancionada con reclusión de tres (3) a seis (6) años.

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