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jueves, abril 18, 2024

Denuncian: En carro de Faraj & CIA SA reparten sobres extorsivos

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SAN PEDRO SULA, HONDURAS. Una persona en un automóvil registrado a nombre de Faraj & CIA S.A está entregando sobres extorsivos en diferentes locales, según han denunciado ciudadanos.

De acuerdo con lo mencionado por los afectados, el modus operandi es que llega una sola persona en un vehículo, marca Renault, color blanco, con placas PAA3609; lo estaciona, se baja y procede a entregar el sobre.

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Los denunciantes recalcan que esta persona no hace nada más. Al entregarlo solo se regresa al automotor y se va del lugar.

Esta situación mantiene alarmados a los ciudadanos que exponen lo que están viviendo, pese al temor que implica ser dañados directamente.

También han revelado que las cámaras de vigilancia de los locales ya han identificado a esta persona que entrega los sobres extorsivos.

Información pública del vehículo en el Instituto de la Propiedad (IP).
Información pública del vehículo en el Instituto de la Propiedad (IP).

¿Qué es la extorsión?

De acuerdo con el Artículo 373 del Código Penal: Quien con violencia o intimidación y ánimo de lucro, obliga o trata de obligar a otro a realizar u omitir un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o el de un tercero, debe ser castigado con la pena de prisión de diez (10) a quince (15) años y multa de quinientos (500) a mil (1000) días, sin perjuicio de las que pudieran imponerse por los actos de violencia física o de intimidación realizados.

Ahora bien, el Artículo 374 señala las agravantes específicas. Se deben aumentar las penas en un tercio cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

  1. Cuando los hechos se cometan en el ámbito de un grupo delictivo organizado;
  2. Cuando se emplea a menores de edad o personas con discapacidad para la ejecución del delito;
  3. Cuando el hecho se comete sobre una víctima especialmente vulnerable por su edad, discapacidad o situación, o sobre un funcionario o empleado público por razón de las funciones que desempeña; o,
  4. Cuando el culpable es funcionario o empleado público que actúa con abuso de las funciones del cargo. En este caso, además de las penas correspondientes, se debe imponer la de inhabilitación especial para cargo u oficio público de quince (15) a veinte (20) años.

¿Cómo y dónde denunciar?

Las autoridades hondureñas tienen habilitados números para las personas que sean víctimas de este delito, todo de manera anónima. Estas son las líneas 143 o al 911.

Pero también está la opción de presentarse a las instalaciones policiales a interponer las denuncias personalmente.


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