Redacción. El Poder Judicial (PJ) anunció este martes 23 de julio, tras la audiencia inicial contra el ciudadano André Natanael Lobo Rodríguez, donde le dictaminaron continuar con la medida de arresto domiciliario.
A Lobo lo consiuderan responsable del delito de homicidio imprudente en perjuicio de Mía Pamela Cáceres Ordóñez y Kevin Cáceres Castro. También lo acusan de conducción temeraria en perjuicio de la seguridad vial.
Los jóvenes fallecieron luego de que el auto en el que se conducían se estrellara en el anilo periférico de Tegucigalpa, el pasado 7 de julio. André Lobo, el único sobreviviente, era quien conducía.
Personal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y del Ministerio Público (MP) ingresó al hospital este martes para realizar la audiencia inicial contra André Lobo.
La audiencia inicial se desarrolló de manera virtual desde las instalaciones de un centro asistencial, en donde está ingresado el joven Lobo. Por su estado de salud no se puede presentar a los juzgados de la capital.
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El ente judicial programa una audiencia preliminar para el próximo miércoles 1 de
agosto del presente año, a las 11:30 de la mañana, sin perjuicio de que alguna de las partes procesales interponga recurso de apelación.
Investigación de los hechos
De acuerdo con las diligencias realizadas por el MP, los jóvenes Mía Cáceres (18 años) y su primo Kevin Cáceres (22 años) perdieron la vida durante el accidente de tránsito en la madrugada del domingo 7 de julio en el anillo periférico de Tegucigalpa, en el carril con dirección al sur de la capital.
Mía, quien era estudiante de arquitectura, murió al momento del accidente y estaba a pocos días de cumplir 19 años. Por su lado, Kevin, que era futbolista, murió el 11 de julio, en el Hospital Escuela debido a la gravedad de las heridas que presentaba.
Delitos de Andrés Lobo
Andrés Lobo está acusado por suponerlo responsable del delito de Homicidio Imprudente en perjuicio de conducción temeraria.
De acuerdo con profesionales del derecho, el homicidio con dolo eventual, el primer delito que se le imputa a André Lobo, es cuando la persona es consciente de los daños y del resultado que se puede derivar de una cierta conducta. Acepta el resultado como posible y aun así decide continuar con lo que estaba haciendo.
Y el delito de conducción temeraria es cometido cuando una persona conduce cualquier tipo de vehículo con manifiesto riesgo para las personas.
En Honduras, según el artículo 323 del Código Penal, este delito se castiga con una pena de seis meses a tres años de reclusión. Aunque también de uno hasta seis años se le puede privar el derecho de conducir vehículos.