Diputados aprueban parte del nuevo Código Penal hondureño

Esta parte contempla los artículos de la parte especial y derogación de otros.

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Nuevo Código Penal

TEGUCIGALPA.- Diputados del Congreso Nacional culminaron esta semana de aprobar en tercer y último debate la parte general del nuevo Código Penal hondureño.

Esta parte contempla los artículos de la parte especial y derogación de otros.

De esta manera, se comenzará a discutir en Poder Legislativo la parte especial de la normativa que es donde se establecen las penas para la gama de delitos que incorpora el novedoso andamiaje jurídico.

Se aprobaron desde el artículo 128 al 140 de la parte especial así como los artículos 8, 9, 28, 35, y 71 que habían quedado suspendidos. También se decidió eliminar el artículo 46. Los artículos aprobados hoy tienen que ver con temas como el derecho a la repetición, efectos civiles de las sentencias extranjeras y discapacidades, entre otras.

El Código Penal para Honduras establece una sistematización única de todos los delitos y penas mediante un texto sencillo, fácil de aplicar, con normas generales que dan instrucciones claras a los jueces.

No se trata simplemente de un nuevo Código Penal que sustituye al vigente, sino que abarcará la enorme multiplicidad de leyes penales especiales que introducen continuamente preceptos que se contradicen en muchas ocasiones unos con otros y que impiden de cualquier manera que en Honduras, los penalistas hondureños puedan hacer un cuerpo de doctrina penal.

En la sesión participaron de los consultores internacionales, los juristas y catedráticos universitarios españoles Francisco Javier Álvarez y María del Mar Carrasco.

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Sépalo

El proyecto del nuevo Código Penal hondureño fue introducido por presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, en agosto de 2015.

Nuevo Código Penal

La experta en derecho penal, María del Mar Carrasco, explicó que la situación actual con el Código Penal vigente indica que existe una responsabilidad penal en determinados delitos pero no hay una regulación general que diga cuándo y en qué casos la persona jurídica o las empresas pueden ser sancionadas.

Agregó que las personas jurídicas expresan sus acciones a través de las actuaciones de la persona física, pero no están establecidos los criterios de cómo trasladar esa responsabilidad de la persona natural a la persona jurídica.
De igual forma, se abordó el modelo que regula el proyecto de la nueva normativa jurídica que aportará una mayor seguridad jurídica a lo que actualmente tiene el Código Penal vigente en el país.

Delitos empresariales:

Detalló que los delitos a los que la actividad empresarial se expone son aquellos que generan riesgos para la vida y la seguridad de los trabajadores, la salud, el medio ambiente y el sistema financiero o económico.

Aclaró que por esos delitos las penas aplicables para las empresas equivalen a multas, suspensiones de actividades, cauciones, intervenciones judiciales entre otras sanciones que no son equivalentes a penas de prisión.