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viernes, noviembre 22, 2024

Caso ‘desfalco inhumano en salud’: cuatro acusados se defenderán en libertad

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Redacción. Un juez de Criminalidad Organizada, Medio Ambiente y Corrupción dictó auto de formal procesamiento -pero con medidas diferentes a la prisión- a cuatro hondureños acusados en el caso ‘desfalco inhumano en salud’.

La medida se otorgó tras la celebración de la audiencia inicial en los juzgados de Tegucigalpa, capital de la República. Las dos partes procesales presentaron su carga probatoria y, en marco a ello, el juez emitió su determinación.

Los acusados en el caso son:

  1. Duglas Ramírez
  2. Miguel Flores Cisneros
  3. Moisés Torre López
  4. Roberto Carlos Meza Figueroa.

A los cuatro la Fiscalía Especial para la Transparencia y el Combate a la Corrupción Pública (FESCCO) los acusa de los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública, falsificación de documentos públicos y violación a los deberes de los funcionarios.

desfalco en salud
Los acusados participaron del delito en el periodo entre 2010 y 2012.

Lea además: Exadministrador de Salud se defenderá en libertad por desfalco millonario 

En el mismo expediente judicial también tienen auto de formal procesamiento con medidas diferentes a la prisión contra Vanessa María Urbizo, Nelson Alvarenga y Carlos Octavio Rivas.

Investigaciones 

Investigaciones de parte de la FESCCO indican que los encausados participaron en compras irregulares de medicamentos, suministros médicos, equipo quirúrgico y de laboratorio desde la Secretaría de Salud (Sesal). Resultaron en un fraude para el Estado de Honduras, por un monto de 224 millones 994 mil 921 lempiras con 30 centavos.

Estos hechos acontecieron entre 2010 y 2012 cuando los exfuncionarios y empresarios supuestamente utilizaron contratos fraudulentos, licitaciones amañadas y una figura inexistente llamada «extrafinanciamiento», para así cometer los delitos en contra de la salud pública.

Juzgados anticorrupción
La audiencia se desarrolló en los juzgados anticorrupción.

Pese a ello, el juez determinó que deberán de seguir con el proceso judicial, pero no en prisión. Las medias que deberán cumplir son las establecidas en el artículo 173 del Código Procesal Penal y son:

  • Someter al imputado al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada que informe periódicamente al juez.
  • Obligar al imputado a presentarse periódicamente ante un determinado juez o autoridad que éste designe.
  • Prohibirle al imputado salir del país, del lugar de su residencia o del ámbito territorial que el órgano jurisdiccional determine.
  • Prohibirle al imputado concurrir a determinadas reuniones o a determinados lugares.
  • Prohibirle al imputado comunicarse con personas determinadas, siempre que con ello no se afecte el derecho de defensa.
  • La constitución a favor del Estado por el propio imputado o por otra persona, de cualquiera de las garantías siguientes: depósito de dinero o valores, hipoteca, prenda o fianza personal.
Comunicado PJ
Comunicado del Poder Judicial referente a las medidas dictadas a los cuatro imputados.

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