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domingo, marzo 9, 2025

¿Vale la pena el riesgo? Delitos electorales y sus castigos en Honduras

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Redacción. Mañana 9 de marzo se llevarán a cabo las elecciones primarias en Honduras, en las que tres partidos políticos elegirán a sus candidatos para las elecciones generales de 2025. Ante este proceso, las autoridades electorales han instado a la población a acudir a las urnas y ejercer su derecho al voto de manera libre y transparente, haciendo especial énfasis en la prevención de delitos electorales.

Según la Ley Electoral de Honduras y el Código Penal vigente, quienes incurran en delitos como compra de votos, coacción, fraude electoral, doble votación o uso indebido de recursos del Estado, podrían enfrentar penas de prisión de hasta cuatro años o más, dependiendo de la gravedad del caso.

En ese sentido, el Consejo Nacional Electoral (CNE) y el Tribunal de Justicia Electoral (TJE) señalaron que estos delitos afectan la transparencia y equidad del proceso democrático. Por ello, recordaron que cualquier irregularidad puede ser denunciada y será remitida a las autoridades competentes, como el Ministerio Público, para su investigación y posible sanción.

El CNE es el órgano encargado de la organización, administración y supervisión de los procesos electorales en el país.

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Delitos electorales y sus sanciones

La Ley Electoral de Honduras, en sus artículos 542 a 547, establece los delitos electorales y las sanciones correspondientes para quienes los cometan.

Coacción y amenaza electoral (Artículo 542):
Se castiga con cuatro (4) a seis (6) años de prisión a quienes impidan el ejercicio de los derechos electorales, obstaculicen la labor de los organismos electorales o alteren el proceso de votación. Esto incluye actos como el uso de violencia para impedir el sufragio o la interrupción del proceso de votación.

Falsificación de documentos electorales (Artículo 543):
Quienes alteren documentos electorales recibirán las mismas sanciones que por falsificación de documentos públicos, además de la pérdida de la ciudadanía durante el tiempo que dure la pena de prisión.

Otros delitos electorales (Artículo 544):
También conllevan penas de cuatro (4) a seis (6) años de prisión actos como:

  • La manipulación del Censo Nacional Electoral y otros documentos electorales.
  • Irregularidades en las Juntas Receptoras de Votos, como la instalación sin autorización o la suplantación de miembros de las juntas.
  • Compra y venta de votos, doble votación y suplantación de identidad.
  • Retención o sustracción de material electoral o la alteración de las bases de datos electorales.
Ley Electoral de Honduras
Delitos electorales contemplados en la Ley Electoral de Honduras.

Restricciones y castigos para extranjeros

Pena adicional a los extranjeros (Artículo 545):
El extranjero que obstaculice el proceso electoral o se involucre en asuntos políticos internos de Honduras será expulsado del país además de las penas que correspondan por el delito cometido.

Suplantación de identidad hondureña para ejercer sufragio (Artículo 546):
Se sanciona con diez (10) años de prisión y expulsión del país al extranjero que se haga pasar por hondureño para ejercer el sufragio mediante la falsificación del Documento Nacional de Identidad.

Destrucción de propaganda electoral (Artículo 547):
Quienes destruyan o deterioren propaganda electoral colocada en lugares públicos autorizados serán sancionados con una multa de cien (100) a doscientos (200) días de salario mínimo.

Ley Electoral de Honduras
Los extranjeros también pueden incurrir en delitos electorales, según la ley.

Código Penal

El Código Penal de Honduras también establece en su artículo 42 penas relacionadas con delitos electorales, en particular, la suspensión de la ciudadanía. Esta sanción implica la inhabilitación especial para ejercer el derecho al sufragio (tanto activo como pasivo), lo que significa que la persona no podrá votar ni ser elegida para cargos públicos. Además, se le prohibirá optar a cargos públicos, ser funcionario o empleado público, o formar parte de un partido político.

La pena de suspensión de la ciudadanía tiene una duración máxima de diez (10) años, salvo cuando esté vinculada a una pena de prisión, en cuyo caso la duración será la misma que la condena de prisión, a menos que se disponga lo contrario en la sentencia.

Código Penal de Honduras
El Código Penal de Honduras establece que ciertos delitos electorales pueden conllevar penas de hasta 10 años de prisión.

Compromiso con la sanción de los delitos electorales

El CNE dejó en claro que no tolerará ninguna clase de irregularidad durante las elecciones primarias del 9 de marzo. Asimismo, afirmaron que se actuará con todo el peso de la ley frente a quienes intenten transgredir las normas electorales.

En este sentido, Cossette López, consejera presidenta del CNE, resaltó que acciones como boicotear el sistema biométrico o cualquier intento de interferir con el proceso electoral se considerarán delitos electorales. Además, destacó que, en la actualidad es mucho más fácil detectar estos ilícitos y que quienes los cometan enfrentarán severas sanciones.

López subrayó que las transgresiones no quedarán impunes, asegurando que se garantizará la legalidad y el respeto a la soberanía del pueblo. Insistió en que cualquier violación a las normas dentro de las Juntas Receptoras de Votos, sin importar quién la cometa, se tratará con la máxima seriedad y las consecuencias legales correspondientes.

«El irrespeto a las normas y reglas durante el proceso electoral es un daño a la democracia de Honduras, y no permitiremos que estos actos queden impunes», concluyó.

López: «Hay personas que ya han guardado prisión por delitos electorales».

Acción penal contra delitos electorales

El Ministerio Público (MP), a través de la Unidad Especializada Contra Delitos Electorales (UECDE), tiene la responsabilidad de investigar y ejercer la acción penal pública cuando se transgreden los derechos electorales o se cometen actos que limiten la participación de los ciudadanos en el proceso político del país.

Yuri Mora, portavoz del MP, explicó que, en ciertos casos, las irregularidades o delitos electorales deben ser primero investigados por el CNE, debido a que esto forma parte de su misión. Una vez concluida esa fase, los datos y hallazgos se remiten al MP, entidad que, a través de la UECDE, continúa con las investigaciones para determinar si se ha cometido un delito electoral y, en caso afirmativo, deducir las responsabilidades correspondientes.

Mora enfatizó que se garantizará que no haya impunidad para aquellos que infringen la voluntad soberana, sobre todo en este proceso electoral que involucra las primarias de tres partidos políticos.

Mora: «Se garantizará que no habrá impunidad para aquellos ciudadanos que no respeten la voluntad soberana».

Refuerzo en la investigación de delitos electorales

Para reforzar las investigaciones, la UECDE contará con el apoyo de agentes de la ATIC (Agencia Técnica de Investigación Criminal) y otros fiscales a nivel nacional, quienes estarán disponibles para recibir cualquier tipo de denuncia o prueba de ciudadanos, partidos políticos o autoridades del CNE que sugieran la comisión de delitos electorales.

«Fiscales y agentes estarán atentos en las fiscalías regionales y locales para tomar las acciones pertinentes. De ser necesario, proceder con el requerimiento fiscal correspondiente», indicó.

El portavoz del MP también destacó que, aunque existen diversos delitos electorales, algunos de ellos son más reconocibles por la ciudadanía. Las sanciones para estos delitos varían, pero en general, pueden oscilar entre 4 y 8 años de prisión. Esto dependerá de la gravedad y tipificación del delito durante la investigación.

MP elecciones
El MP procederá penalmente contra las personas que intenten manipular el proceso electoral primario.

Judicialización de delitos electorales

El exconsejero del CNE, Germán Lobo, quien formó parte del proceso electoral de 2021, confirmó que en ese momento se tomaron acciones legales contra personas que incurrieron en delitos electorales. «Ha habido algunos casos que se han judicializado y algunos ciudadanos pues han tenido que pagar algún tipo de pena», aseguró.

Lobo detalló que en esos comicios se registraron alrededor de 10 casos y que incluso se realizaron capturas dentro de las instalaciones del CNE. «Es más, fueron a capturar a algunos ciudadanos al interior de las bodegas del Consejo Nacional Electoral porque fueron denunciados porque estaban cometiendo delito electoral», explicó.

Asimismo, enfatizó que el CNE tiene la responsabilidad de advertir cuáles son los delitos electorales y la facultad de denunciar a quienes los cometan ante la fiscalía; sin embargo, aclaró que la acción penal es competencia exclusiva del MP.

«El Consejo Nacional Electoral advierte sobre qué se considera un delito electoral y puede presentar denuncias contra quienes incurran en estas faltas. Pero la facultad de ejercer la acción penal recae únicamente en la fiscalía», puntualizó.

Lobo: «Un ciudadano que pretenda votar más de una vez está cometiendo un delito electoral».

De igual importancia: ¿Cuándo inicia el silencio electoral en Honduras?

Elecciones primarias

Las elecciones primarias de mañana, 9 de marzo, representan un paso crucial en el proceso democrático de Honduras. Su transparencia y legitimidad dependen del estricto cumplimiento de la ley y la prevención de delitos electorales.

Las autoridades han reiterado su compromiso con la vigilancia y sanción de cualquier acto que vulnere la voluntad popular. Además, recordaron a la ciudadanía la importancia de denunciar irregularidades.

Garantizar un proceso electoral libre, justo y seguro es una responsabilidad compartida entre instituciones, partidos políticos y votantes.

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