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viernes, agosto 16, 2024

Decomisan 32 tablas de madera de pino en operativo contra tala ilegal en Yoro

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Yoro, Honduras. Con la finalidad de salvaguardar los bosques de la región, un total de 32 tablas de madera de pino, resultado de la tala ilegal, fueron decomisadas durante un operativo realizado en el Parque Nacional Montaña de Yoro.

El operativo se llevó a cabo en el marco de la estrategia “Cero Deforestación hasta el 2029,” y contó con la participación de la Fuerza de Tarea Interinstitucional Ambiental (FTIA), en colaboración con las Fuerzas Armadas y la Secretaría de Defensa Nacional (Sedena).

Las acciones también incluyeron la participación del Ministerio Público, el Tercer Batallón de Protección Ambiental y la Unidad Municipal Ambiental de Yoro, que se unieron en este esfuerzo para proteger los recursos forestales del país.

Decomisan tablas de madera de pino en Yoro
Las autoridades trabajan para proteger el medioambiente.

Las autoridades reafirmaron su compromiso en la lucha contra la tala ilegal y la preservación de los valiosos ecosistemas del país.

Lea también: Comisión «Cero Deforestación» exige cumplir y endurecer penas de delitos ambientales

Penas por delitos ambientales

En respuesta a la emergencia ambiental declarada por el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS), el Congreso Nacional aprobó en mayo un conjunto de iniciativas y reformas destinadas a proteger el medio ambiente.

Entre estas medidas, destacan las reformas al Código Penal, que aumentan las penas por delitos ambientales.

Congreso aprueba reformas al código penal
Las reformas buscan proteger los recursos naturales de Honduras.

El dictamen propone las siguientes reformas al Código Penal:

  1. Artículo 324: Contaminación del aire, las aguas o los suelos

Se aumentan las penas de prisión a un rango de seis (6) a diez (10) años, y se establece una multa de quinientos (500) a ochocientos (800) días. Sanciona a quienes, infringiendo la legislación ambiental, realicen actividades contaminantes que pongan en grave peligro el equilibrio de un ecosistema.

2. Artículo 325: Explotación contra los recursos naturales

Se establecen penas de prisión de seis (6) a diez (10) años y multas de quinientos (500) a ochocientos (800) días. Penaliza la captación, extracción o explotación ilegal de recursos naturales. Por ejemplo, recursos hídricos, forestales, minerales o fósiles, que pongan en peligro grave el equilibrio de un ecosistema.

3. Artículo 327: Incendio forestal

Las penas de prisión se fijan en un rango de seis (6) a diez (10) años, con multas de quinientos (500) a ochocientos (800) días. Si el incendio es de considerable importancia, la pena puede aumentar a diez (10) a quince (15) años. Además, si se producen resultados graves según los artículos 183 y 184 del Código Penal, la pena se incrementará en un cuarto (¼). Castiga a quienes provocan incendios en terrenos forestales, masas boscosas o zonas vegetales protegidas.

Nuevo artículo agregado:

4. Artículo 337-A: Responsabilidad de las personas jurídicas

Este nuevo artículo establece la responsabilidad de las personas jurídicas en delitos ambientales, imponiendo multas que pueden ser hasta el triple del valor del daño causado o del beneficio obtenido. Adicionalmente, se pueden imponer sanciones como la suspensión de actividades específicas, clausura de locales y establecimientos, prohibición de realizar actividades específicas en el futuro, y la inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, contratar con el sector público y recibir beneficios fiscales o de Seguridad Social por hasta diez (10) años.

El decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.

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