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viernes, marzo 29, 2024

¿Debe liberarse a «Rosita» de prisión? Defensa lo pide; jueza verificará

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. Una jueza ejecutora verificará la condición en la que se encuentra Rosa Elena Bonilla de Lobo en la Penitenciería Nacional Femenil de Adaptación Social (PNFAS) y si podrá estar en libertad a la espera de su nuevo juicio.

Así lo dio a conocer la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en una notificación emitida con fecha del 28 de mayo.

La decisión procede a la petición del ciudadano Juan Carlos Berganza Godoy, quien, en su posición de abogado defensor de la ex primera dama, solicitó su liberación inmediata. El legista argumentó que el plazo de prisión preventiva «ya venció».

En ese sentido, Berganza calificó que su defendida está detenida de manera «arbitraria e ilegal». ¿Por qué? Lo explicó a plenitud.

¿Procede o no la prisión preventiva?

En primera instancia, Berganza manifestó que el Código Procesal Penal establece el término máximo de duración de la medida de prisión preventiva (dos años).  Ese período ya expiró y, asegura, que no se podría ampliar debido a la nulidad del juicio anterior.

Además, es oportuno recordar que el apoderado legal interpuso un recurso de Exhibición Personal en favor de Bonilla, es decir, que se verifique (mediante habeas corpus) si hubo abusos, tormentos o torturas contra la imputada.

El escrito que engloba ese recurso también apunta que la sala en mención declaró «con lugar» un recurso de casación contra el juicio previamente realizado contra Bonilla. Consecuente, se ordenó que se efectúe un nuevo juicio contra la esposa del expresidente Porfirio Lobo Sosa.

Por tanto, asegura que la continuidad de prisión preventiva no procede a la espera de esa nueva sesión ajusticiadora que desarrollará el órgano competente del Poder Judicial.

Incluso, el profesional del Derecho mencionó que aún no se entregó -debido a la crisis sanitaria por COVID-19- al Ministerio Público (MP) la decisión de la corte de que se repetirá el juicio. En virtud de ello, solicitó la excarcelación de «Rosita», pero aún no se resolvió el asunto.

«Aquí pedimos y se nos da nada. No entiendo la saña en contra de ella para tenerla presa. Le prevalece el estado de inocencia; se demostró las violaciones que han existido en el proceso», manifestó el abogado en una comparecencia ante los medios.

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¿Qué dispuso la Sala de lo Constitucional?

Luego de analizar la petición, la Sala de lo Constitucional decidió designar a una jueza ejecutora quien «verificará o no los hechos alegados por el recurrente (Berganza)».

Por tanto, la persona encargada deberá hacer la examinación pertinente y cesar cualquier ilegalidad, coacción, restricción o molestia en perjuicio de la seguridad individual de la acusada.

La cédula de notificación fue firmada por Christian Ramón Baquiz Flores, receptor adscrito de la sala.

Es importante recordar que en el primer juicio se condenó a la ex primera dama a 58 años de prisión. Se le sentenció por tres delitos de apropiación indebida y ocho de fraude. Pero, la casación interpuesta por «quebrantamiento de forma» (irregularidades en el juicio) fue aceptada, por lo que se hará uno nuevo.

¿Estará «Rosita» fuera de prisión mientras se desarrolla nuevamente el juicio? La jueza en mención tendrá la última palabra.

jueza
Primer parte de la notificación de la CSJ, a la que tuvo acceso TIEMPO.
jueza
Segunda parte de la notificación.

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