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martes, abril 16, 2024

CSJ se declara «incompentente» ante recurso interpuesto por el COHEP

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TEGUCIGALPA, HONDURAS.  La Corte Suprema de Justicia, en relación a un recurso de amparo que presentó el Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP), indicó que por unanimidad de votos resolvieron “declararse incompetentes” para reconocer la acción de amparo interpuesta contra la Municipalidad de La Ceiba.

El apoderado legal del COHEP, Gustavo Rafael Solórzano, quien presentó el recurso ante la CSJ, manifestó que realizaron esa acción para que la municipalidad no emita ordenanzas que sobrepasan su potestad legal.

Sobre el motivo del recurso de amparo explicó: “En este caso, el único que puede suspender derechos constitucionales es el Poder Ejecutivo, y siempre se hace con una ratificación por parte del Congreso Nacional (CN)”.

Además, explicó que lo que ha hecho la Sala de lo Constitucional es conforme a derecho. Señaló que cuando es una ordenanza que tendría afectación en cierto municipio, tuvo que haberse presentado en la jurisdicción que corresponde, en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de San Pedro Sula.

“Pero todos conocemos la situación en la que estamos y al no podernos movilizar se presentó ante la Sala de lo Constitucional con el propósito que la misma le diera traslado al Juzgado de lo Contencioso Administrativo”, explicó Solórzano.

“Nos alegra que haya actuado con la celeridad del caso la Sala de lo Constitucional”, agregó.

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COHEP prepara recursos de amparo contra más municipalidades

Por otro lado, el abogado aclaró que el recurso no tiene nada que ver con pleitos con alcaldes o con la municipalidad. Explicó que estaban motivados en poder articular las acciones entre el sector privado, Gobierno Central y Gobierno Local.

“Los municipios deben entender que por las buenas intenciones que tienen al guardar a su población muchas de esas acciones pueden llevar a violar derechos de los ciudadanos, como el de acceder a medicamentos, alimentación y productos de primera necesidad y circulación”, expresó.

Solórzano señaló que están trabajando para poder presentar otros recursos de amparo para otras municipalidades; estas al igual que en La Ceiba han realizado la misma acción.

Lo primero que deben hacer es documentar las ordenanzas municipales, por ejemplo, lo han hecho con la de Santa Cruz de Yojoa.

“Los ediles de estas municipalidades nos han explicado sus razones. Sin embargo, lo propio sería las ordenanzas queden sin valor ni efecto en vista de que las atribuciones van más allá”, dijo.

El motivo del recurso es debido a que la Municipalidad de La Ceiba se limitaba a tener toque de queda hasta el 20 de abril; cuando ni siquiera el propio Gobierno lo ha indicado sino hasta el 19 de abril.

“Los alcaldes deben entender que no tienen la capacidad de restringir los derechos constitucionales de las personas. Esa atribución solo la tiene el Gobierno, el Consejo de Ministros con una ratificación del CN”, expresó el abogado.


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