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jueves, abril 25, 2024

CSJ admite recurso del MP sobre reforma a Ley del Presupuesto

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Tegucigalpa, Honduras. La sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), admitió un recurso interpuesto por el Ministerio Público (MP), en relación a la reforma a la Ley Orgánica del Presupuesto aprobada el 18 de enero por el Congreso Nacional (CN).

En ese sentido, el MP presentó el pasado 2 de febrero ante la CSJ un recurso de inconstitucionalidad del artículo 238 de la Ley Orgánica de Presupuesto General de Ingresos y Egresos.

Ante ello, el portavoz del MP, Yuri Mora, detalló en su momento que se presentó este recurso por las reformas a los artículos 16 y 131, inciso A de la Ley Orgánica del Presupuesto.

Explicó que algunos de los motivos por los que están presentando este recurso es que “se ha establecido una norma de carácter general”. Aun cuando se trata de una regulación transitoria.

“La reforma en el decreto excede en su alcance de temporalidad y la validez del decreto que lo contiene”, indicó Mora en su momento.

Como punto número dos, se otorga al Tribunal Superior de Cuentas (TSC) la facultad de determinar la potestad civil, penal o administrativa, así como investigación especial.

Esto, a criterio del MP, el CN se estaría avalando en la jurisdicción constitucional de juzgar que conforme al artículo 304 de la Constitución de la República, “solo le corresponde al Poder Judicial”, puntualizó Mora.

Finalmente, el funcionario dijo que dichas reformas no tendrían carácter de retroactividad. Pues “a excepción en materia penal, puede ser retroactiva, siempre y cuando beneficie a la persona”.

También “extendiendo los efectos derivados del decreto, considerado inconstitucional a hechos existentes antes de su entrada en vigor porque se van a investigar hasta el 2006”, finalizó.

Golpe al MP

Para algunos especialistas, lo aprobado por el CN el pasado 18 de enero impide la investigación penal delegada por ley al MP.

A juicio del abogado penalista Félix Ávila, estos entes investigadores no podrían realizar una auditoría e investigación especial. Según Ávila, las nuevas reformas al artículo 16 de la Ley Orgánica del Presupuesto van encaminadas a que las auditorias se realicen en un periodo de tres años.

La medida sería tomada después de la publicación de la presente reforma. Igualmente el TSC tendría que aprobar un reglamento especial.

Todos los documentos relacionados con dichos fondos deben ser remitidos y entregados al TSC”.  La acción es “para realizar la auditoría correspondiente por parte de quien los posea o simple requerimiento de este”, cita uno de los párrafos del artículo.

Además, el decreto establece el siguiente paso: “una vez finalizada la auditoría e investigación especial de conformidad a la Ley de Reglamento del TSC y que este encuentre hallazgos, se determinará la correspondiente notificación a los entes correspondientes en cada uno de los casos o en su defecto otorgando su solvencia».

Añade lo que procede durante esté en proceso y hasta no haber agotado la vía administrativa que este tenga no procederá ninguna acción judicial para reclamar ningún tipo de responsabilidad, sea esta administrativa, civil o penal.

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