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jueves, marzo 28, 2024

COVID-19: ¿Quiénes tienen permiso para circular este sábado en Honduras?

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. Las personas cuya tarjeta de identidad, pasaporte, o carné de residente finaliza con los dígitos 0 o 1 tienen autorización para circular en las vías públicas de Honduras este sábado 26 de septiembre.

Así está determinado por las disposiciones que emitió el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (SINAGER) para prevenir la propagación de contagios de COVID-19.

La única excepción que contempla la normativa es para aquella porción de la población que, por su profesión u oficio, tienen un permiso especial (salvoconducto digital) que les autoriza para circular sin restricción alguna.

Además, tratándose de fin de semana, si su deseo es disfrutar de las bellezas de Honduras, puede obtener un salvoconducto turístico para circular libremente.

En torno a lo último en salidas, ayer el Colegio de Abogados de Honduras (CAH) reveló que ahora los legistas pueden circular sin restricción alguna, siempre y cuando sea para alguna situación ligada al ejercicio de su profesión.

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Regulaciones

Es importante que usted tenga presente que, si no le corresponde salir este día, podría recibir una sanción por parte de las autoridades policiales si decide hacerlo.

En ese sentido, también es preciso apuntar que la Policía Nacional de Honduras está ejecutando retenes de forma periódica en distintos puntos de las calles a nivel nacional. La acción se ejecuta en búsqueda del cumplimiento del calendario de circulación.

Además, es imperativo que cada ciudadano que tome la decisión de salir cumpla con cada instrucción de los protocolos de bioseguridad; así, se protegerá a sí mismo y a las personas que le rodean.

No usar una mascarilla, aparte del peligro que conlleva, le podría atribuir una multa de al menos L200.

Horario de circulación

Por otra parte, es oportuno que recuerde el horario establecido por la Secretaría de Seguridad para transitar en las calles. Se estipuló el espacio de las 6:00 de la mañana hasta las 8:00 de la noche.

De 7:00 a.m. a 9:00 a.m. es el período designado en los recintos comerciales para la atención de clientes especiales; en ese apartado, se incluyen las personas de la tercera edad, embarazadas y personas con discapacidad.

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