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miércoles, agosto 14, 2024

Costa Rica otorga primer permiso para cultivo de cannabis medicinal

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Redacción.- El Gobierno de Costa Rica aprobó ayer la primera licencia para que una empresa produzca cannabis medicinal, tras poco más de un año de aprobada una ley que permite esta actividad.

El ministro de Agricultura, Víctor Carvajal, firmó la resolución que autoriza el primer proyecto de cannabis medicinal, que estará a cargo de la empresa Azul Wellness, de capital costarricense.

La empresa desarrollará el proyecto de cultivo y procesamiento de cannabis en un área de 800 metros cuadrados de invernadero en la localidad de Filadelfia, provincia de Guanacaste (oeste), detalló el Ministerio de Agricultura.

Uso del cannabis

En marzo de 2022 entró en vigencia la «Ley del cannabis para uso medicinal y terapéutico y del cáñamo para uso alimentario e industrial», luego de un largo proceso en la Asamblea Legislativa (parlamento).

En noviembre de 2022 el Gobierno otorgó la primera licencia para la siembra y explotación industrial del cáñamo (cannabis no psicoactivo), y desde entonces ha otorgado 7 más para esa actividad.

marihuana
Las posibles propiedades medicinales de la marihuana y sus componentes han sido tema de investigación y polémica durante décadas.

Este hecho se convierte en la primera licencia aprobada para cannabis medicinal y está en proceso otra más, indicó el Ministerio de Agricultura.

La «Ley del cannabis para uso medicinal y terapéutico y del cáñamo para uso alimentario e industrial» contó con la aprobación del Congreso en febrero de 2022 y firmada por el entonces presidente del país, Carlos Alvarado, el 2 de marzo de ese año.

En septiembre de 2022, el actual presidente, Rodrigo Chaves, firmó el reglamento con el que se completó el proceso para comenzar a otorgar las licencias.

La ley permite a las autoridades costarricenses otorgar licencias para la producción e industrialización del cannabis con fines médicos o terapéuticos.

Además, declara libre el cultivo, la producción, la industrialización, la comercialización de cáñamo o cannabis no psicoactivo y sus productos o subproductos, para fines alimentarios e industriales.

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