Denuncian criminalmente a fiscales del MP por fabricar pruebas en caso Berta Cáceres

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Corte de apelaciones
Los abogados de David Castillo, exgerente de DESA, presentaron evidencia que elaboraron dos expertos, uno estadounidense y otro mexicano, quienes señalaron que hubo manipulación de un chat de WhatsApp, esto con el fin de incriminar a Castillo y otros.

TEGUCIGALPA, HONDURAS. La Corte de Apelaciones Penal de Francisco Morazán resolvió este miércoles ordenar al tribunal que conoce el caso contra el ingeniero Roberto David Castillo, que evacue una prueba aportada por sus abogados defensores para demostrar que una perito del Ministerio Público (MP) fabricó un peritaje de vinculación telefónica que lo relaciona con la muerte de Berta Cáceres.

De acuerdo con lo que se informó, el fallo de la Corte mandó que continúe la audiencia preliminar en este caso.

Asimismo, indicó que el tribunal de primera instancia infringió los derechos de Petición y de Defensa del ingeniero Castillo. Esto, al no revisar la prueba aportada por su equipo de representación procesal.

Como se recordará, la audiencia preliminar se instaló en octubre del año anterior. Y, días antes, los abogados de Castillo, presentaron evidencia que elaboraron dos expertos, uno estadounidense y otro mexicano, quienes señalaron que hubo manipulación de un chat de WhatsApp, esto con el fin de incriminar a Castillo y otros.

En ese sentido, la prueba no se evacuó en la audiencia preliminar. Lo anterior, debido a que la Fiscalía se opuso, mientras la defensa consideraba que ahí era cuando la juez debía valorar la nueva pericia.  Esa situación dio origen a sendos recursos de apelación resueltos por el tribunal de alzada.

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Corte de apelaciones: Audiencia inicial, el momento oportuno

De ese modo, la Corte de Apelaciones en su resolución dijo que, en efecto, la audiencia preliminar “era el momento procesal oportuno para que se valorara” la prueba.

También añadió que es un agravio a los derechos de Castillo no permitirle proporcionar y valorar una prueba que ya obra en el proceso. “Y poder probar con ello, la prueba ilícita que incorporó el Ministerio Público, la que mantiene en prisión al representado”.

De igual forma, la Corte también indicó que, la audiencia preliminar no es una de mero trámite. Y recordó que la decisión que se puede tomar en ella no necesariamente es el auto de apertura a juicio oral.

“Es aquí donde el juez se vuelve controlador de la legalidad y garante de los derechos y libertades públicas”, señaló la Corte. Luego estableció que los argumentos que esgrimió el tribunal de primera instancia para no valorar la prueba de la defensa, “no corresponden al hecho”.

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Que continúe la audiencia

“Es ella (la juez) la que genera la práctica de dichas pericias, por ende, se debe continuar con la audiencia preliminar. Esto para que la juez de primera instancia valore las pericias que se admitieron y las mismas se ejecuten e incorporen así como decida qué disposición adoptará. Ya sea dictando auto de apertura a juicio, sobreseimiento definitivo o provisional”, confirmó.

Por lo anterior, en atención a la determinación de la Corte de Apelaciones, el juzgado con competencia nacional que conoce el caso citó a las partes para continuar la audiencia el pasado lunes por la mañana.

Por los hechos descubiertos en el peritaje de los expertos de la defensa, los representantes legales de Roberto David Castillo presentaron denuncia criminal contra la experta en vaciados telefónicos Brenda Barahona y la fiscal, Ingrid Figueroa.

Es preciso mencionar que hoy, el Poder Judicial determinó cambiar los jueces que conocerán el caso del exgerente de la empresa DESA.


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