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jueves, marzo 28, 2024

Congreso Nacional aprueba prórroga para pago del ISR a las mipymes

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. Buenas noticias para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes), pues hoy, el Congreso Nacional aprobó el decreto para prorrogar el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) hasta el 31 de agosto de 2020.

El decreto en mención fue presentado por el Poder Ejecutivo, luego de que la empresa privada solicitara prórroga ante la paralización de las actividades económicas, en el marco de la crisis por COVID-19.

El decreto especifica que los trámites o impuestos siguientes se presenten hasta agosto: 

  • Presentación y pago de la declaración jurada del ISR 
  • Aportación solidaria y activo neto 
  • Contribución del sector social de la economía 
  • Impuesto específico de renta único sobre arriendo o alquiler de viviendas o edificios de apartamentos. 
  • Contribución especial sobre los excedentes de operación que obtengan las universidades privadas, escuelas e institutos de enseñanza preescolar, primaria y media. 
  • Contribución social del sector cooperativo 

Cabe recalcar que todos estos corresponden al periodo fiscal del2019. ¿Quiénes podrán acogerse a esta medida? Todos aquellos que, durante el periodo de restricción de garantías constitucionales, hasta la fecha de entrada en vigencia el decreto, no han desarrollado ningún tipo de actividad económica. 

Los pequeños y medianos contribuyentes que han desarrollado actividad comercial alguna durante el periodo  mencionado, deberán cumplir con las obligaciones formales y materiales, según lo dispuesto en el artículo 1 de la «Ley del Auxilio al Sector Productivo y a los Trabajadores ante los Efectos de la Pandemia Provocada por el COVID-19».

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CN también aprobó prórroga para en cuotas del ISR 2020

Pero, el Congreso Nacional no solo aprobó una prórroga en el pago del ISR del periodo fiscal del 2019; también lo hizo para las cuotas del ISR, que corresponden al 2020.

En ese sentido, las cuotas del ISR del año fiscal del 2020 se pagarán hasta el 30 de septiembre de 2020, hasta el 30 de noviembre de 2020, y hasta el 31 de enero de 2021. 

Además, el decreto indica que los pagos deberán calcularse sobre el 75 % del monto del ISR determinado en el periodo fiscal de 2019. Desde hace dos meses, estas medidas fueron solicitadas por la empresa privada.


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