Redacción. Las autoridades hondureñas lograron la condena de José Esteban Argeñal Zelaya por los delitos de tráfico de drogas y porte ilegal de arma y municiones prohibidas. Los hechos tuvieron lugar en Valle de Ángeles.
El fallo de culpabilidad fue emitido tras un juicio oral y público en el que el Equipo Fiscal contra el Microtráfico de Drogas y Asociaciones para Delinquir presentó suficientes pruebas para demostrar su vinculación con actividades ilícitas de la pandilla 18.
Argeñal Zelaya, quien operaba dentro de la estructura criminal, lo hallaron culpable de los delitos mencionados. En cuanto a la pena se solicitó una sentencia de seis años de prisión por tráfico de drogas y ocho años por porte ilegal de armas y municiones prohibidas, respectivamente, de acuerdo con los cargos presentados en su contra.
Su captura tuvo lugar el 14 de julio de 2021, en la aldea El Tablón, Valle de Ángeles, por la extinta Fuerza Nacional Anti Maras y Pandillas (FNAMP). Durante la detención le decomisaron un arma de fabricación casera, conocida como «chimba», varios proyectiles y tres paquetes de marihuana.
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¿Quién es José Argeñal Zelaya?
Según el expediente investigativo, Argeñal Zelaya era considerado uno de los principales responsables de la venta y distribución de drogas en Valle de Ángeles y en las áreas circundantes. Además, su vínculo con la pandilla 18 lo relaciona con otros delitos.
Con esta sentencia, las autoridades enviaron un mensaje claro de que se continuará combatiendo el crimen organizado y el narcotráfico en las distintas regiones del país, reafirmando el compromiso en la lucha contra las estructuras criminales que operan en Honduras.
Tráfico de drogas
El Código Penal establece que quien realice actos de siembra, cultivo, cosecha, elaboración, comercio, transporte, tráfico, o de cualquier forma promueva el consumo ilegal de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posea con aquellos fines, debe castigarse con una pena de prisión que varía entre 4 y 7 años. Esto último si se trata de drogas que no causan grave daño a la salud, y de 7 a 10 años en los demás casos.
En ambos supuestos se debe imponer, además, una multa que oscila entre 100 y 500 días. Las penas de prisión a imponer, en cada uno de los supuestos del párrafo anterior, deben ser de 1 a 3 años. O bien de 2 a 5 años cuando de las circunstancias del hecho y de las características personales del culpable se deduzca una menor gravedad.