Redacción. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) ha implementado cambios significativos en el proceso para que los solicitantes de asilo obtengan un permiso de trabajo, también conocido como Documento de Autorización de Empleo (EAD).
Estas modificaciones, que entraron en vigor en 2025, impactan directamente en las tarifas y los lugares de presentación de los formularios.
Bajo la ley de reconciliación HR1, se ha establecido una nueva tarifa de $550 para las solicitudes iniciales de EAD basadas en asilo. Este costo no es negociable ni reducible. Para las renovaciones y extensiones del permiso, el monto fijado es de $275.
Además, la solicitud inicial de asilo ahora tiene un costo de $100, y se ha creado una tarifa anual de asilo (AAF) de $100, pagadera solo en línea. El USCIS ha advertido que rechazará cualquier formulario con matasellos posterior al 21 de agosto de 2025 que no incluya las tarifas adecuadas.

Le puede interesar – ¿Quiénes pueden tramitar su permiso de trabajo en Estados Unidos?
Cambios en la presentación del formulario
A partir del 18 de agosto de 2025, también cambió el lugar de presentación del Formulario I-765 (Solicitud de Autorización de Empleo) para ciertos solicitantes.
Específicamente, aquellos que presenten el formulario en relación con una visa VAWA, T, o U, o con un Formulario I-485 (ajuste de estatus), deberán enviarlo a una localidad segura (Lockbox) en lugar del Centro de Operaciones de Servicio de Nebraska. Se ha concedido un periodo de gracia de 30 días para los formularios enviados por correo a la dirección anterior, pero se rechazarán aquellos con matasellos del 18 de septiembre de 2025 o posterior.

Proceso de solicitud
Para ser elegible para un EAD, la solicitud de asilo debe haber estado pendiente por 180 días. Una vez aprobado el asilo, la persona está inmediatamente autorizada para trabajar. Para la renovación del EAD, el USCIS recomienda presentar el Formulario I-765 seis meses antes de la fecha de vencimiento de la tarjeta actual. Pero, no más de 180 días antes. Si la solicitud de asilo es denegada, la autorización de empleo caducará a los 60 días de la negación o al vencimiento del EAD, lo que ocurra más tarde.