Redacción. El magistrado del Tribunal de Justicia Electoral (TJE), Mario Morazán, aclaró este lunes que la reunión de pleno convocada para este día no tiene como objetivo resolver el polémico caso de la inscripción del diputado Jorge Cálix, sino realizar la asignación de ponencias.
Morazán explicó que la finalidad de la sesión es de índole procesal. «La convocatoria es para asignar las ponencias, es decir, quién va a ser el magistrado o magistrada que va a elaborar las resoluciones, las sentencias y lo que corresponda del caso», apuntó.
Morazán detalló que se definirá únicamente la asignación de ponencias. Según él, esto se refiere a quién será el magistrado o magistrada que elaborará el auto de admisibilidad y quién elaborará la sentencia.
«La sentencia debe ser conforme a derecho», agregó Morazán.
Agilizar procesos
El magistrado aseguró que el TJE busca agilizar estos procesos, especialmente considerando el cronograma electoral.
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El abogado Morazán mencionó que están todos los magistrados y enfatizó la necesidad de «trabajar con la celeridad del caso, siguiendo a los procedimientos que establece la ley».
Además, el profesional del derecho aseguró que la actuación del TJE se mantendrá dentro del marco legal: «No van a ser nada fuera de la ley porque son jueces electorales».
El magistrado resaltó el compromiso del Tribunal para no obstaculizar el proceso electoral: «No podemos atrasar el cronograma electoral, no podemos ponerlo en riesgo, los magistrados debemos estar en el puesto de trabajo, así sea sábado o domingo», apuntó.

Cerca de las 9:30 de la mañana, el magistrado Mario Flores Urrutia reveló que junto a la magistrada Miriam Barahona, el secretario general y la secretaria adjunta estuvieron esperando a Morazán desde las 8:00 de la mañana, pero no se presentó.
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Flores Urrutia confrontó públicamente a Morazán, invitándolo a ser «coherente» e iniciar la sesión que fue convocada el día viernes. Además, le sugirió discutir cualquier punto adicional con base en la normativa legal, pues «ya es demasiado… debemos abonar a la democracia».
Diferencia de criterios
En su defensa, Morazán argumentó que Ley orgánica y procesal electoral, en su artículo 45, señala que durante la presentación de una recusación se suspende el plazo para el trámite del expediente principal.
Sin embargo, Flores Urrutia le respondió señalando el artículo 44, que establece que una recusación debe presentarse a través de secretaría general y ante el pleno.

«Si está debidamente motivada esta recusación que yo no la he conocido, el magistrado recusado debe de levantarse y convocar a un suplente. Caso contrario, debe de rechazarse», sostuvo.

