Tegucigalpa, Honduras. El diputado liberal Samuel García sorprendió al anunciar que no buscará la reelección por el departamento de Olancho, y que en su lugar inscribirán a Jorge Cálix, una decisión que ha generado debate sobre la legalidad de dicha acción.
García, considerado uno de los líderes de mayor peso político en Olancho, pone fin a una extensa trayectoria en el Congreso Nacional, lo que ha generado reacciones inmediatas en el escenario electoral.
La renuncia fue presentada ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) este miércoles 24 de septiembre.
En el escrito presentado se indica que la Secretaría General del CCEPLH ha recibido una solicitud de sustitución de un candidato que resultó electo en el proceso electoral primario desarrollado en marzo de 2025, y que ha presentado su renuncia ante el Consejo Nacional Electoral por razones de índole personal, imposibilitándolo de continuar en el proceso electoral general previsto para noviembre de 2025.
Asimismo, se señala que se ha propuesto un nuevo candidato para ocupar el cargo de elección popular en la nómina de diputados propietarios por el Partido Liberal de Honduras en el departamento de Olancho, en virtud de que, conforme a lo establecido en la Ley Electoral vigente, corresponde a la Autoridad Central del Partido efectuar dicha sustitución.
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¿Qué dice la ley?
El artículo 115 de la Ley Electoral, en el inciso 10, establece las prohibiciones que tienen los partidos políticos para la inscripción de los candidatos.
“Inscribir como candidatos a cualquier cargo de elección popular para las elecciones generales a personas que hayan participado en otro partido o en el mismo período electoral”, reza el inciso 10.
El exconsejero del CNE, German Lobo, explicó que “el espíritu de esta disposición es impedir que un candidato que participó en primarias lo postulen luego por otro partido político. Sin embargo, no limita los reemplazos dentro del mismo instituto político».
No obstante, reconoció que la ley presenta un vacío legal en este aspecto, lo que permite la inscripción interna de una nueva persona que haya participado en las elecciones primarias dentro del mismo instituto político.

Análisis
Por su parte, Cossette López señaló que las sustituciones y renuncias están sujetas a parámetros específicos establecidos en la normativa electoral, los cuales serán analizados por el pleno de consejeros.
“Parece que hay ciertas limitaciones para quienes han sido candidatos en ese sentido. Yo quisiera mantener siempre el límite que me permite la ley, que me lo exige, al respecto de un caso en específico. He sabido que ingresó efectivamente una solicitud, precisamente una renuncia en una primera etapa y una sustitución en la segunda”, expresó.
Agregó que “las sustituciones y las renuncias tienen parámetros específicos, y al amparo de estos parámetros que se establecen en la ley. Eventualmente, la ley habla de ciertas limitaciones cuando las personas ya participaron en el mismo ciclo electoral”.

López recordó que el proceso electoral de 2025 comprende dos etapas, las primarias y las elecciones generales. En ese sentido, destacó que corresponde al CNE, a través de la Dirección de Organizaciones Políticas, emitir los dictámenes correspondientes sobre este tipo de solicitudes.
“Yo no quiero pronunciarme más allá de eso, porque es un tema que está sometido a partir de hace unas horas al conocimiento del CNE. Eventualmente deberá hacerse el correcto análisis del tema con sus respectivos dictámenes”, puntualizó.
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