Redacción. El Consejo Nacional Electoral (CNE) resolvió declarar improcedente la solicitud de inscripción de la alianza total entre el Partido Todos Somos Honduras (TSH) y la Organización de la Reserva Democrática de la Nación (ORDEN), que se presentaba bajo el nombre “Honduras en Orden”.
Los magistrados Cossette López, Ana Paola Hall y Marlon Ochoa tomaron la decisión por unanimidad, luego de una revisión técnica y legal del expediente presentado por ambas organizaciones políticas.
“Dictamina improcedente la solicitud de inscripción de alianza total denominada ‘Honduras en Orden’”, indica de forma categórica la resolución del órgano electoral.
Le puede interesar: CNE sortea hoy las posiciones en las papeletas de las elecciones generales
Motivos legales y técnicos
De acuerdo con el dictamen del CNE, aunque los partidos cumplieron con la entrega formal de la documentación requerida, se detectaron inconsistencias en su contenido que invalidan jurídicamente los documentos presentados.
La resolución se ampara en varias normativas legales, incluyendo artículos de la Constitución de la República, la Ley Electoral, el Código Procesal Civil, la Ley de Procedimientos Administrativos y los estatutos internos de los partidos involucrados.
El CNE documentó ampliamente dichas irregularidades en el expediente y las sustentó con el dictamen de su asesoría legal.
Recomendaciones y consecuencias
El Consejo también recomendó a los solicitantes cumplir con lo establecido en el artículo 56 de la Ley de Procedimientos Administrativos. Este exige acreditar debidamente el poder legal con el que se actúa, en concordancia con el artículo 26 del Reglamento de Inscripción de Candidatos.
Con esta resolución, la propuesta de coalición “Honduras en Orden” queda fuera del proceso electoral del 30 de noviembre de 2025.
De igual importancia: CNE insta al RNP a formar mesa de trabajo para revisar inconsistencias
Hasta el momento, solo cinco partidos políticos están legalmente inscritos para participar en las elecciones generales de noviembre próximo, según el CNE.