Redacción. La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), en cumplimiento de sus atribuciones legales, ha emitido una resolución para ordenar el cese inmediato de las operaciones de captación irregular de fondos a la entidad Koriun Inversiones, representada por el comerciante individual Iván Abad Velásquez Castro.
Según la institución, la medida busca salvaguardar el interés público y los derechos de los ahorrantes ante actividades financieras no autorizadas. La CNBS, en su rol de vigilancia y control de las instituciones bancarias y financieras en Honduras, confirmó que Koriun Inversiones realizó operaciones de captación de fondos sin la debida autorización. Esto contraviene lo establecido en la Constitución de la República y en los artículos 3, 6, 46 numeral 13, 58 numeral 1) y 60 numeral 2) de la Ley del Sistema Financiero.
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Esta normativa designa a la CNBS como la única entidad encargada de autorizar el establecimiento de las instituciones del sistema financiero. Por ejemplo:
-Los bancos.
-Las asociaciones de ahorro y préstamo.
-Y las sociedades financieras. Así como cualquier otra institución que se dedique a recibir depósitos.
Fondos
La investigación de la CNBS culminó el 12 de mayo de 2025. Esto permitió comprobar la existencia de esta captación irregular de fondos por parte de Koriun Inversiones. En consecuencia, la Resolución SBO No. 351/19-05-2025 establece las siguientes acciones inmediatas:
-Cese inmediato de operaciones: La CNBS ordenó a Iván Abad Velásquez Castro, bajo la denominación social Koriun Inversiones, en fecha 19 de marzo de 2024, que de forma inmediata cese las operaciones de captación de fondos del público en forma irregular.
-Devolución de fondos: Exigió la devolución de los fondos captados de manera irregular a sus «inversionistas», fundamentado en el artículo 70 de la Ley del Sistema Financiero y una orden del Juzgado de Letras de Privación de Dominio de Bienes de Origen Ilícito con Jurisdicción Nacional.
-Notificación al Ministerio Público: La CNBS informará al Ministerio Público sobre esta resolución, adjuntando un informe técnico legal y anexos, para que se soliciten las medidas judiciales cautelares pertinentes y se tomen las acciones necesarias para preservar el interés público. Buscan asegurar que se respondan las obligaciones contraídas con los «inversionistas».
-Publicación de advertencia pública: La Secretaría General de la CNBS, a través de la Gerencia Administrativa, procederá con la publicación de esta resolución por una sola vez en dos (2) diarios de circulación nacional. Además, debe publicarse un aviso donde se notifique al público en general en vista que el comerciante individual Iván Abad Velásquez Castro no está autorizado para captar fondos del público en la República de Honduras.
-Notificación formal: La CNBS señaló que se notificará la resolución de forma legal y debida a Iván Abad Velásquez Castro para los efectos legales correspondientes. La CNBS enfatiza que esta resolución es de ejecución inmediata.
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