CNBS aprueba nuevos requisitos para entrar a «central de riegos»

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Según la CNBS, esto es para beneficiar a las personas que se vieron perjudicados por la pandemia del COVID-19.

TEGUCIGALPA, HONDURAS. La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), aprobó una resolución que reforma las normas de gestión de información crediticia, con el fin de amortiguar el impacto de la COVID-19 en el país.

En ese sentido, el superintendente de la CNBS, Evin Armando Andrade, explicó en una entrevista que brindó a una radio local, que aprobaron varios términos que beneficiarían  a las personas que mantienen deudas.

«La información crediticia negativa del deudor (mora financiera), se revelará por un periodo no mayor a más de tres meses después que se haya cancelado la obligación. Antes la morosidad se registraba por 2 años en la conocida central de riesgo«, expone el banquero como primer punto.

Además, detalló que «Los bancos son los que nos envían esa información, pero se rigen por la normativa que nosotros les emitimos. En ese sentido, si nosotros le decimos que solo puede tenerlo tres meses después de pagar su obligación, eso se va a reflejar en la central crediticia que nosotros administramos; y si el cliente sigue apareciendo lo detectamos y hacemos el reclamo al banco».

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CNBS: Deudas menores a $200 no deben aparecer en las central 

Asimismo, el segundo término aprobado por la CNBS indica que los deudores que presenten un saldo menor a $200, deberán desaparecer o no ingresar en la Central de Riesgo.

«Todos aquellos deudores que presenten saldos de obligaciones iguales o menores a 200 dólares o su equivalente en Lempiras, deberán desaparecer o no entrar a la central de información crediticia. Es decir que, no podrán estar en la Central de Riesgo por más de 90 días».

Sin embargo, esto solo incluye las operaciones bancarias, dejando por fuera aquellos buros de créditos pues involucran otros temas, entre los que se encuentran las casas comerciales, concluyó.

Para más información, puede consultar a las siguientes cuentas de correo: consultagpuf@cnbs.gob.hn aliviocovid19@cnbs.gob.hn.


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