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miércoles, abril 24, 2024

CN pide opinión a la CSJ sobre artículo que atenta contra la libertad de expresión

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Tegucigalpa.- Debido a la polémica redacción en el artículo 335-B del nuevo Código Penal, el Congreso Nacional pidió este día a la Corte Suprema de Justicia una opinión respecto a este mismo. Ya que según los comunicadores sociales del país, este mismo atenta la libertad de expresión.

El Congreso Nacional  retornó este día nuevamente a las reuniones en el pleno. Para la discusión de varias iniciativas de leyes y proyectos pendientes en la agenda del legislativo.

Entre los temas que están pendiente en la agenda del Congreso, es precisamente la discusión de este artículo. Ya que según las autoridades del Colegio de Periodistas de Honduras (CPH) y el gremio en general, este mismo violenta la libertad de expresión.

En ese sentido, la CSJ publicó este día en una red social, que la secretaría de CSJ ya recibió comunicación del Congreso,  pidiendo Dictamen-Opinión respecto del artículo 335-B del Código Penal.

Se espera que la CSJ de su punto de vista prontamente. Además emita un dictamen en cuanto a que si es o no violatorio a la libertad de expresión este artículo.

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CPH rechaza

Por su parte, el gremio de periodistas en Honduras, rechazan la reforma por adición al Artículo 335-B del Código Penal.  Que es lo que pretende realizar el Congreso Nacional.

Por lo que al no tener la derogación de este Artículo, la ruta que se trazó el CPH es acudir a la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Y ahí presentar un recurso de inconstitucionalidad.

El rechazo a la reforma de dicho artículo, lo anunció el mismo presidente del CPH, Dagoberto Rodríguez.  Después de que trascendiera la reforma al 335-B, y no la derogación del mismo, como lo planteaba el CPH.

En ese sentido, la posición del CPH siempre fue la derogación de dicho artículo.  Ya que según ellos, es violatorio a la libertad de expresión.

A continuación el mensaje publicado por la CSJ en cuanto al tema:

libertad de expresión
Twit de la CSJ

Polémico artículo

El Congreso Nacional aprobó el pasado mes de febrero,  recluir con una pena de cuatro a ocho años  a aquellas personas o periodistas que, supuestamente, promuevan la apología del odio e inciten al terrorismo a través de los medios de comunicación.

Mediante una reforma al artículo 335B del Código Penal, se estableció que:

Incurre en apología del odio e incitación de actos de terrorismo, quien “públicamente o través de medios de comunicación o difusión destinados al público hiciere apología, enaltecimiento o justificación del terrorismo. O de quienes hayan participado en su ejecución, o incitare a otro u otros a cometer terrorismo o financiamiento de éste, será sancionado con pena de cuatro a ocho años de prisión”, cita el texto del artículo.

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