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martes, abril 23, 2024

Por corrupción en INVEST-H, Marco Bográn tendrá dos audiencias mañana

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. El Juzgado de Letras de lo Penal en la ciudad de Tegucigalpa ha programado para este jueves 8 de octubre la audiencia inicial y la de declaración de imputado de Marco Bográn por dos casos de corrupción en Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H).

El Ministerio Público presentó la mañana del martes el segundo requerimiento fiscal en contra del exdirector de INVEST-H. En esta ocasión, por el delito violación a los deberes de los funcionarios, tras otorgar un millonario contrato de supervisión de un plantel a su tío, Napoleón Bográn.

Horario de las audiencias

Ambas se programaron para el jueves 8 de octubre, la primera, la audiencia inicial por el caso «cuarentena VIP», en el que se acusa a Marco Bográn de malversación de caudales públicos. En esta deberá comparecer a las 9:00 de la mañana.

En torno al nuevo requerimiento fiscal por el delito violación a los deberes de los funcionarios, el exdirector de INVEST-H tendrá que presentarse en la audiencia de declaración de imputado a la 1:30 p.m.

El exfuncionario reitera que es  “inocente” de los actos de corrupción en la compra de siete hospitales móviles por $47.4 millones. La cual se realizó en su administración al frente de INVEST-H cuando comenzaba la pandemia de COVID-19 en marzo pasado.

Lea también: Nuevo requerimiento a Bográn por otorgar contrato a empresa de su tío

Nuevo requerimiento fiscal

El nuevo requerimiento contra Bográn es debido que, al estar frente a INVEST-H, otorgó un contrato de supervisión a la empresa de su tío, Napoleón Corrales.

Indican que, sin someter a aprobación, otorgó a la empresa CINSA un contrato para la supervisión de uno de los planteles donde se ubicarían uno de los siete hospitales móviles; precisamente el de Santa Rosa de Copán.

A esa empresa se le pagó L1.2 millones por dicha obra y aún no se ha concluido. Además, el ente acusador explica que según la Ley de Contratación del Estado, en su artículo 15, numeral 6, no está permitido contratar a parientes en el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.


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