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jueves, marzo 28, 2024

ASJ pide resolver decretos que restringen acción penal del MP

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. La Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ) demandó este lunes a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a resolver los recursos de inconstitucionalidad interpuestos contra las limitaciones en el ejercicio de la acción penal por parte del Ministerio Público (MP).

A través de un comunicado, el capítulo de Transparencia Internacional en Honduras pidió a la Sala de lo Constitucional dar “cumplimiento a los plazos legales con una resolución pronta y expedita”, de al menos dos acciones de inconstitucionalidad presentadas contra los decretos 116-2019 y 117-2019 que aprobó el Poder Legislativo.

Según Transparencia internacional, dichos decretos constituyen reformas a leyes secundarias que restringen el ejercicio de la acción penal pública del MP.

MP

Como se recordará, el año pasado se presentaron distintas acciones de inconstitucionalidad que aún no resuelve la Sala de lo Constitucional de la CSJ.

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Acciones de inconstitucionalidad presentadas contra esos decretos

En ese sentido, una de estas acciones de inconstitucionalidad que presentó el MP es por vía de acción de forma total y por razón de forma y contenido contra el Decreto Legislativo No. 116-2019.

Dicho decreto se publicó en el Diario Oficial “La Gaceta” número 35,076, contentivo de la Ley Especial para la Gestión, Asignación, Ejecución, Liquidación y Rendición de Cuentas de Fondos Públicos para proyectos de orden Social, Comunitarios, Infraestructura y Programas Sociales.

Otra de las acciones de inconstitucionalidad la interpusieron Luis Rolando Redondo Guifarro, David Armando Reyes Osorto, Doris Alejandrina Gutiérrez. Y también Tomás Antonio Ramírez Hernández en su calidad de diputados.

Ese escrito, dichos parlamentarios, lo presentaron  por vía de acción por razón de contenido y de manera total contra el Decreto Legislativo No. 117-2019, que se aprobó en fecha 16 de octubre de 2019. Y se publicó en “La Gaceta”  #35,076, de fecha 18 de octubre de 2019.

Es preciso indicar que el decreto antes mencionado reforma por adición del artículo 10-A de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, contenida en el Decreto No. 363-2013 de fecha 20 de enero 2014.

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Resolución contribuirá a garantizar control de los recursos públicos

De ese modo, en su comunicado, la ASJ demandó “una resolución pronta y expedita a todos los casos sometidos a la justicia constitucional”.

“El órgano encargado del ejercicio de la acción penal pública debe delimitar el camino que debe seguir la investigación criminal como política del país. Eso es ante la demanda social de investigación de casos pendientes y su posible judicialización en caso de ser procedentes”, señaló la ASJ.

Además, apuntó que “el manejo de los fondos públicos durante esta emergencia sanitaria se sujeta a diversos señalamientos. Sobre todo, por las presuntas irregularidades de las instituciones públicas competentes”.

Sin embargo, actualmente “el único órgano constitucionalmente que tiene facultad para investigar y requerir criminalmente por actos de corrupción está limitado. Es necesario el pronunciamiento constitucional al respecto”, asintió.

Por lo anterior, ASJ insistió que resolver dichas acciones garantizará que el control de los recursos públicos y el ejercicio de la acción penal pública se realicen con respeto el principio de legalidad y debido proceso. Pero, sobre todo, tiene el potencial de salvar vidas, dado los limitados recursos con que cuenta el país”.

COMUNICADO ÍNTEGRO DE LA ASJ

 

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