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viernes, abril 19, 2024

En primer debate aprueban 8 artículos de nueva ley de Seguridad Social

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TEGUCIGALPA.-Los diputados del Congreso Nacional (CN) aprobaron en primer debate ocho artículos de la nueva Ley del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), con el objetivo de resguardar las arcas del centro asistencial y evitar un futuro desfalco como el suscitado en la administración pasada.

Mauricio Oliva, presidente del Poder Legislativo, manifestó que esta es una ley que estaba en la carpeta y discutida por mucho tiempo.

Indicó que solamente cinco miembros de la Comisión Dictaminadora suscribieron el dictamen mientras que los otros tres diputados a pesar de que han participado activamente en las discusiones, están esperando alguna instrucción  de su partido político.

Sin embargo, es un tema que ya no puede esperar y al proyecto de decreto se le van a dar los tres debates correspondientes para ir construyendo los consensos que sean necesarios para construir esa ley que es de enorme utilidad para la ciudadanía hondureña, expresó Oliva.

Los primeros ocho artículos aprobados establecen que la ley desarrolla las disposiciones y principios fundamentales para el cumplimiento de los derechos constitucionales que en materia de Seguridad Social tiene el pueblo hondureño, conceptualizándola como un servicio público, de prioridad nacional con carácter obligatorio y vocación universal, que se prestará en forma de Seguro Social.

Lo anterior, amparado en el marco de los principios fundamentales establecidos en el artículo 4 de la Ley Marco del Sistema de Protección Social, a fin de brindar los beneficios definidos, en las condiciones y con los requisitos consignados en esta ley y sus reglamentos.

APLICACIÓN DE NUEVA LEY

La ley desarrollará todo lo relacionado con la prestación de servicios de salud, pensiones por invalidez, vejez y muerte, techos de cotizaciones.

De acuerdo con la Ley del Sistema de Protección Social, el régimen del Seguro Social se implantará en forma gradual y progresiva, tanto en lo referente a los riesgos cubiertos como a las zonas geográficas y a las categorías de trabajadores protegidos.

Asimismo, regulará la aplicación del Seguro Social para la cobertura de los siguientes riesgos: enfermedad y accidente común, maternidad, accidente de trabajo y enfermedad profesional, invalidez, vejez y muerte. El riesgo de cesantía involuntaria quedará sujeto a la emisión de los reglamentos pertinentes.

El Seguro Social constituye un servicio público de carácter irrenunciable, que debe ser implementado con carácter obligatorio, conforme los procesos de gradualidad y progresividad que establece la Ley Marco del Sistema de Protección Social esta ley y sus reglamentos, tanto en lo referente a los riesgos a cubrir como en las zonas geográficas a incorporar, debiendo considerar las necesidades sociales, las condiciones económicas prevalecientes en cada región y la capacidad de la institución.

A los efectos de esta Ley se le denomina el “Instituto”, y se identifica con las siglas “IHSS”. Las prestaciones y servicios del Seguro Social serán prestados y administrados por el IHSS, por medio de sí y/o a través de Instituciones de Asistencia y Previsión Social que formen parte del Sistema Unitario Estatal.

DATO:

Además de la nueva Ley del IHSS, se aprobarán próximamente la Ley del Sistema Nacional de Salud, Ley de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y la Ley de Seguro de los Accidentes de Tránsito.

SÉPALO:

El Instituto Hondureño de Seguridad Social es una institución descentralizada, con personalidad jurídica y patrimonio propio, distinto e independiente al de la hacienda nacional, y con jurisdicción en todo el territorio nacional. El código antes mencionado es una de las leyes cobijados en la Ley Marco del Sistema de Protección Social para una Vida Mejor, aprobada por el Poder Legislativo aprobada en 2015.

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