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jueves, diciembre 12, 2024

Aprueban Ley de Debates Presidenciales, ¿es inconstitucional?

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Tegucigalpa. El Congreso Nacional aprobó la Ley de Organización y Transmisión de Debates Presidenciales de cara al proceso electoral del 2025, sin embargo tiene señalamientos de ser inconstitucional.

De acuerdo con la ley aprobada, el Consejo Nacional Electoral (CNE) será la entidad responsable de supervisar y coordinar los debates presidenciales. Podrá delegar la organización a una entidad independiente bajo su supervisión para garantizar la imparcialidad y transparencia del proceso.

Indica que los debates presidenciales deberán ser transmitidos en cadena nacional, obligando a todas las estaciones de televisión y radio del país a emitir los debates en vivo y sin interrupciones. De lo contrario, estarán sujetos a las sanciones administrativas según lo dispuesto en la Ley de Telecomunicaciones.

También apunta que los medios de comunicación nacionales y locales estarán obligados a promover activamente los debates presidenciales a través de anuncios en sus plataformas, asegurando que el público esté informado sobre las fechas, horas y canales de transmisión.

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La Ley establece la realización de tres debates obligatorios, en diferentes días previos a las elecciones generales del 2025. Además, establece que la inasistencia injustificada de algún candidato será sancionada.

En cuanto a la elección de los candidatos, señala que deben alcanzar al menos un 15% de apoyo en un promedio de tres encuestas nacionales reconocidas y seleccionadas por una Comisión de Debates Presidenciales.

Por otra parte, para la selección de encuestas nacionales a utilizar detalla que será bajo los criterios y procedimientos establecidos en la Ley Electoral. Los debates se realizarán en lugares seleccionados por la Comisión de Debates Presidenciales, preferiblemente en universidades o centros de conferencias.

Inconstitucionalidad 

A criterio de la diputada del Partido Salvador de Honduras (PSH), Fátima Mena, afirmó que no coincidían con distintos puntos de la ley, pero se les negó el uso de la palabra para presentar las recomendaciones.

«Esta ley no la aprobaron. La secretaria dijo que la aprobaron, pero la Constitución es clara que cuando hay un tema electoral requiere de mayoría calificada. Aquí las votaciones llegaron hasta 67 votos», indicó.

Agregó que «habla de temas que son competencia exclusiva del CNE como las encuestas. Para mi tiene un vicio de inconstitucionalidad esta normativa».

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Fátima Mena
Fátima Mena, diputada del PSH.

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