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martes, abril 23, 2024

Aprueban “castigar” a quienes promovieron reelección presidencial

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TEGUCIGALPA, HONDURAS.- El Congreso Nacional (CN), presidido por el presidente Luis Redondo, aprobó un decreto para «castigar» a las personas que promovieron la reelección presidencial.

A esas personas se les estaría acusando de traición a la Patria y atentado contra la Constitución de la República.

Esta iniciativa lo presentó la diputada del Partido Salvador de Honduras (PSH) Maribel Espinoza. Además, va encaminada en dos direcciones. La primera que consiste en declarar inexistente cualquier reforma a los artículos pétreos.

Las reformas son relacionadas a la reelección presidencial, además de las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE). A estas se les considera un ataque ilegítimo e ilegal a la vigencia constitucional.

De acuerdo al articulo 375 de la Constitución de Honduras las personas que incumplan o violen los artículos pétreos serán considerados traidores de la patria.

Delito de traición a la patria

Este decreto explica que aquellos funcionarios que hayan violentado los artículos «pétreos» serán considerados como «traidores de la Patria«, tal y como se establece en el artículo 375 de la Constitución de la Republica.

«Serán castigados por el delito de traición a la Patria quienes hayan atentado o atenten contra la Constitución de la República o el presente decreto mediante el cual se reafirma la inalterabilidad de las normas intangibles», dice el decreto.

Asimismo, se establece que a los funcionarios que incumplan la ley se les juzgará en conformidad con los delitos y penas establecidas en el Código Penal vigente.

«Incurrirá en responsabilidad de conformidad con los art. 321 y 375 de la Constitución de la República y los delitos y penas establecidos en los artículos 555 y 562 del Código Penal vigente», agrega el artículo 3.

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Ciudadanos pueden acusar ante un juez

De la misma forma, establece que en caso de que el Ministerio Público no proceda legalmente en contra de esos funcionarios, cualquier ciudadano lo puede hacer. Es decir, que una persona que tenga o no autoridad puede acusar directamente ante un juez para el restablecimiento pleno de la constitucionalidad.

«En caso de no promover el Ministerio Público la acción penal correspondiente (…), cualquier ciudadano investido o no de autoridad tendrá el deber de colaborar promoviendo directamente la acusación penal», concluye.

Esta reforma de decreto entra en vigencia desde el día de su publicación, es decir el 4 de febrero del presente año.

 Juzgados de la República.

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