Redacción. La Unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización (UFTF), también conocida como Política Limpia, extendió los horarios de atención para que los precandidatos a cargos públicos puedan acreditar sus cuentas bancarias diferenciadas para las elecciones primarias de marzo.
El ente de fiscalización anunció a través de sus canales oficiales que, a partir de hoy martes 11 de febrero, se extiende las jornadas laborales para quienes estén pendientes de realizar al trámite.
“De cara al próximo Proceso Electoral Primario 2025 y con el objetivo de brindar un mejor servicio y facilitar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente, hemos ampliado el horario de atención”, indicó la UFTF en un comunicado.
Las oficinas de la Unidad estarán abiertas en horario extendido, de lunes a viernes. Del mismo modo, se dio a conocer que atenderán de 8:00 de la mañana a 7:00 de la noche.
Además, los precandidatos podrán hacer sus trámites los sábados en un horario de 8:00 de la mañana hasta las 2:00 de la tarde.
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Por otra parte, la UFTF aseguró que continúa trabajando en el desarrollo de los cuatro ejes estratégicos del Proyecto Electoral de Fiscalización Auditoría, planteado para el proceso de Elecciones Primarias e Internas.
“La UFTF reitera que estamos a 26 días de celebrarse un acontecimiento cívico de gran importancia para el país. Es por ello, que insta a los sujetos obligados a realizar su trámite de Acreditación de Cuenta Bancaria Diferenciada y Responsable Financiero, presentando la documentación correspondiente en nuestras oficinas”, cita el escrito.
¿Qué aportaciones prohíbe Política Limpia a precandidatos en campaña?
Conforme a lo estipulado en el artículo 24 de la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización de Partidos Políticos y Candidatos, la normativa prohíbe a los sujetos obligados a aceptar, directa o indirectamente, las siguientes fuentes de financiamiento:
- Contribuciones de entidades o empresas públicas o con participación estatal.
- Donaciones anónimas, excepto aquellas obtenidas en colectas populares.
- Aportes de funcionarios o empleados públicos sin previa autorización formal.
- Subsidios de gobiernos, organizaciones o instituciones extranjeras.
- Donaciones de instituciones religiosas, independientemente de su denominación.
- Contribuciones de personas naturales o jurídicas extranjeras, salvo en casos de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
La UFTF subraya que el uso indebido de recursos estatales para fines electorales constituye una falta administrativa, civil y penal.