Acoso y abuso sexual en menores, una amenaza latente en Honduras

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Acoso y abuso sexual en Honduras
La mayor incidencia la presentan los menores de 14 años de edad.

SAN PEDRO SULA, HONDURAS.  El acoso y el abuso sexual en Honduras, es un tema bastante polémico y no tiene que dejarse de lado, especialmente cuando se produce en menores de edad, es necesario saber qué hacer.

Para comenzar, debemos saber que el acoso y el abuso, son cosas diferentes. Cuando se habla de acoso, no llega hasta el punto de contacto, caso contrario en el abuso. ¡Ojo! No quiere decir que uno tenga mayor incidencia que otro, pues a ambos es necesario prestarles atención.

En ese sentido y para saber más a fondo de cómo se presentan estas situaciones en el país, Diario Tiempo Digital se comunicó con Lorena Cálix, vocera del Ministerio Público, misma que nos detalló exactamente como se presentan estos delitos.

Calix manifestó que en el MP en los últimos 7 a 8 años, han recibido incidencias relacionadas al delito contra la libertad sexual (abuso) contra niños. Mientras que, para el acoso es bastante raro que se presenten, a no ser que se trate de tipo acoso tipo escolar, maltrato o Bullying.

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En esos casos, quien se encarga de investigar y sancionar, son las autoridades administrativas, que sería la Secretaria de Educación, a través de los entes competentes.

Delitos contra la libertad sexual

Según el código penal, pueden ser de diferentes tipos, los más graves incluyen violación especial, actos de lujuria, en algunos casos el estupro, rapto. De los anteriores, según informó Lorena Calix, el que mayor se presenta o se denuncia es la violencia especial.

¿Por qué se llama violación especial?

Se llama así porque, la cantidad de denuncias que se interponen es en base a la agresión sexualmente hablando, de niñas y niños.

Es importante recalcar que las edades comprendidas son generalmente entre menores de 14 años de edad. Es decir, para ser considerado el delito de “violación especial”, debe de tener esa medida.

También, se denuncian los actos de lujuria agravados, en otros casos se conoce como “tocamiento”, cuando un niño es violentado física y psicológicamente, sin que haya un acceso carnal.

Como miembro del Ministerio Público, Cálix dijo que se encuentran preocupados, ya que pese a los esfuerzos que se hacen, se siguen cometiendo estos delitos en contra de niños y niñas.

Algo necesario de señalar es que, en los últimos cinco años, según registros del Ministerio Público, se presentaron entre 800 a 900 denuncias por delitos sexuales.

En su mayoría, por no decir en el 90% de los casos, los agresores son personas del entorno doméstico o familiar, personas que son conocidas por el niño. Aquí incluyen papás, padrastros, tíos, abuelos, primos. En fin, personas que se valen de la inocencia y confianza del menor, aprovechándose de ello.

Dato: Son las niñas, quienes en su mayoría presentan el flagelo.

Código Penal 1983 vrs Código Actual

En este caso, para conocer las diferencias del anterior código penal, y saber cuáles fueron los cambios para el nuevo y actual puesto en vigencia, se citarán algunos artículos.

Artículo 142: Estupro de seis a ocho años de reclusión. Para el nuevo código Art. 254: Estupro de seis meses a un año de reclusión.

Código anterior Art. 140: Violación de diez a 15 años de reclusión. En el nuevo Art. 249: Violación de nueve a 13 años de reclusión.

Art. 147: Hostigamiento sexual de tres a seis años de reclusión. Nuevo Art. 256: Hostigamiento sexual de uno a dos años de reclusión.

Esos son solo algunos artículos, sirviendo como ejemplo, para comparar como en el nuevo código penal, se han reducido las penas, para estos delitos. Es importante señalarlo, ya que al presentarse mayores incidencias, deberían de incrementar, pasando caso contrario.

¿Cómo se hace la denuncia?

Ante este cuestionamiento, Lorena Calix explicó que perfectamente los menores pueden realizar la denuncia. De hecho, existen muchos casos donde los menores lo han interpuesto ellos mismos, acercándose a las autoridades o llamando al 911.

Cabe destacar que el código procesal penal, establece que los ciudadanos, cuando tienen conocimiento de un hecho delictivo, están obligados a denunciar el mismo ante las autoridades.

En el Ministerio Público, basta con tener la información o las sospechas contra el delito para aperturar una investigación al respecto. Además, para este año se siguen cometiendo estos delitos, a partir del 17 de marzo, hasta la fecha, aun siguen realizando investigaciones y capturas.

Como se dijo anteriormente, los niños pueden denunciarlo directamente, pero en mayores instancias se presentan las madres, abuelas. Mismas que sospechan que el niño o niña está siendo víctima de abuso.

Antecedentes

Es necesario destacar el hecho que, para este año, se han dado a conocer varias denuncias, una de ellas fue de un hombre que por medio de redes sociales estaba acosando a una menor de edad, sin imaginarse que era el perfil de su madre, quien lo expuso.

Otra fue de una madre, quien denunciaba que su hija había sido violada, lo más indignante, fue que al supuesto agresor lo dejaron en libertad. Estos son solo algunos casos, y se siguen presentando incidencias, pero es necesario denunciarlo, para que los responsables puedan pagar por el delito.


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