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viernes, abril 19, 2024

¿Qué condenas suaviza el nuevo Código Penal?

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. El nuevo Código Penal desató controversia y debate, pues no solo suaviza las penas de delitos de narcotráfico y el honor de las personas, sino que dulcifica las condenas de los delitos de lavado de activos y corrupción.

De acuerdo con juristas nacionales, se legisló a favor de la corrupción y la criminalidad organizada. La polémica surgió en diversos sectores de la sociedad, luego de la publicación en el diario oficial La Gaceta.

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Lavado de activos

En la actualidad, el lavado de activos se castiga con una condena de entre los 15 y 20 años de prisión cuando el delito supera un valor equivalente de 120 salarios mínimos, o sea L. 1.1 millones.

En comparación con la nueva normativa, se establece que cuando el valor de los objetos del lavado de activos sea superior a L. 5 millones se debe imponer una condena de 10 a 13 años de cárcel y una multa igual al 150% del valor.

Por otro lado, de acuerdo con la Ley de Lavado de Activos vigente, se castigará de seis a 10 años de reclusión si la cantidad de dinero es igual o menor a 70 salarios mínimos, es decir unos L. 658,000. Por el contrario, la nueva legislación establece que, cuando el valor de los activos objeto del lavado sea superior a L. 2 millones y no supere los L. 5 millones, se debe imponer penas de prisión de ocho a 10 años y una multa del 100 % del valor.

Siendo aún más compasivo, el nuevo Código Penal señala que, si el delito es superior a L. 2 millones, serán castigados con entre cinco y ocho años de cárcel y una multa del 50% del valor.

Otros delitos que se dulcifican

La polémica también alcanza las figuras delictivas de malversación de caudales públicos y el testaferros, cuyas penas se aplacarían con en el nuevo Código Penal.

La Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas (TSC) establece una pena de entre nueve y doce años de prisión para los responsables de malversar fondos del Estado.

En el artículo 474 de la nueva normativa menciona que el funcionario o empleado público que se apropia directa o indirectamente, para provecho suyo o de un tercero, de bienes del Estado, debe ser castigado con las penas de prisión de cuatro a seis años y una multa por una cantidad igual o hasta el triple del valor de lo malversado.

Por otro lado, el artículo 37 de la Ley de Lavado de Activos del Código actual establece que debe ser sancionado de seis a 15 años de reclusión a quien preste su nombre en actos o contratos reales o simulados. Sin embargo, en la nueva normativa, la pena mínima de prisión será de cinco años y la máxima de ocho.

También, el delito de asociación ilícita se castiga con la pena de 20 a 30 años de reclusión, con una multa de L. 100,000 a L. 300,000 a los jefes o cabecillas de maras, pandillas y demás grupos asociados. Mientras que en el nuevo Código se reduce el castigo de 10 a 15 años de prisión para los directivos, financistas y promotores de la asociación ilícita.

Con esto, el nuevo Código Penal no solo beneficiará a quienes cometan delitos ligados a la criminalidad organizada, sino a los directivos, financistas y promotores.

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