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jueves, marzo 28, 2024

Venezuela: Tribunal Supremo asume competencias del parlamento; Capriles: es un «golpe de estado»

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VENEZUELA.-El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela decidió que asumirá las competencias del Parlamento, controlado por los opositores. La decisión fue tomada por la persistencia del «desacato».

El «desacato» es un estatus que el Supremo impuso en 2016 a la Asamblea Nacional (Parlamento). Esto por el incumplimiento de varias sentencias.

Henrique Capriles, opositor,   también llamó “golpe de Estado” al fallo del Tribunal Supremo de Justicia, que ahora asumirá las funciones del Parlamento.

Carlos Vecchio, dirigente de Voluntad Popular, partido del opositor Leopoldo López, respondió a Capriles. Esto fue lo que dijo: “se ha consumado el golpe de Estado en Venezuela tal y como lo hizo Fujimori en Perú”.

“Hay que invocar el artículo 333 y 350 ante decisión del Tribunal Supremo de Justicia”, dijo el vicepresidente del Congreso venezolano.

Ambos artículos de la Constitución exhortan a los ciudadanos a colaborar en el restablecimiento de la Carta Magna. También instan a desconocer cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticas.

Los representantes del Parlamento harán un pronunciamiento en las próximas horas.

Julio Borges, presidente de la Asamblea Nacional, dijo en una entrevista con Infobae que la decisión del Tribunal Supremo de asumir las funciones parlamentarias es un “autogolpe” de parte del gobierno de Nicolás Maduro.

«Mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho», reza una sentencia de dicha Sala.

Esta decisión surgió en respuesta a un recurso de interpretación.  Cuatro abogadas pidieron al Supremo de Venezuela analizar el alcance de un artículo constitucional y otro de la Ley Orgánica de Hidrocarburos.

Estos apartados establecen que la constitución de empresas mixtas «requerirá la aprobación previa» de la AN, «a cuyo efecto el Ejecutivo (…) deberá informarla de todas las circunstancias pertinentes a dicha constitución y condiciones, incluidas las ventajas especiales previstas a favor de la República».

La Ley de Hidrocarburos indica que en esta materia el Parlamento de Venezuela podrá modificar las condiciones propuestas. También a establecer las que considere convenientes. Iguaalmente que cualquier cambio posterior también deberá ser sometido a la evaluación de la Cámara.

Sin embargo, el Supremo resolvió que «no existe impedimento alguno» para que el Ejecutivo constituya empresas mixtas. Iindicó que éste deberá informar a la Sala Constitucional «de todas las circunstancias pertinentes».

Venezuela: ¿Actuación de facto?

Además, el TSJ subrayó que el Parlamento de Venezuela, «actuando de facto», no podrá modificar las condiciones propuestas. Tampoco pretender el establecimiento de otras condiciones en estas asociaciones.

Entre las consideraciones para decidir el Supremo recordó que la AN, que se instaló en enero de 2016 con una inédita mayoría opositora, incorporó a tres de los cuatro diputados del estado Amazonas (sur), cuya investidura ha sido impugnada y que por este caso todavía no hay una decisión.

La Alta Corte ha dicho que, mientras se mantenga el desacato, todos los actos del Legislativo son nulos. También carecen de validez.

El diputado oficialista y ex presidente del Parlamento de Venezuela Diosdado Cabello, uno de los hombres más influyentes del Gobierno de Nicolás Maduro, celebró esta decisión del Supremo y sugirió a los opositores someterse a los dictámenes del máximo tribunal.

«Aquí nosotros no podemos estar con una Asamblea Nacional ausente porque ellos (opositores) quieran», dijo Cabello.

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