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miércoles, abril 24, 2024

TSE define el monto a utilizar como salario mínimo para calcular las contribuciones y multas

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TEGUCIGALPA. El magistrado presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), David Matamoros Batson, informó este día que ya tienen definido el monto que se utilizará como salario mínimo para calcular las contribuciones y multas.

De acuerdo al Matamoros Batson, esa cantidad se escogió en base a un salario mínimo de 10,168 lempiras. El mismo, fue recomendado por la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social (STSS) al TSE.

“Se ha definido y habrá un acuerdo de que se va a utilizar este monto como salario mínimo para calcular el tope de las aportaciones y las multas”, indicó el funcionario del ente electoral.

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Además, agregó que hicieron una consulta a la STSS y esa fue la cifra que les dio la dependencia del Estado. “Hicimos la consulta a la Secretaría de Trabajo y esa es la cifra que nos ha dado; hay 39 salarios mínimos y ese no es el más alto”, señaló Matamoros Batson.

Aportaciones de ciudadanos y empresas a partidos políticos

David Matamoros Batson, presidente del TSE.

 En relación al monto máximo que podrán aportar las personas naturales y jurídicas a las campañas políticas; el representante del ente rector electoral dijo que las empresas podrán aportar hasta diez millones de lempiras.

Por su parte, cualquier ciudadano tendrá luz verde para aportar hasta un máximo de dos millones de lempiras a los partidos políticos y sus campañas.

“Esto último, está estipulado en la recién creada Ley de Política Limpia”, afirmó Matamoros Batson.

De acuerdo al artículo 23 de la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos; las personas naturales solo pueden realizar aportaciones monetarias que equivalgan hasta 200 salarios mínimos. Y hasta mil compensaciones en el caso de las personas jurídicas.

En ese sentido, las personas jurídicas -empresas- podrán contribuir con 10.1 millones de lempiras a los institutos políticos.

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Asimismo, la misma ley de la llamada Política Limpia, señala que todas las contribuciones deben de ser registradas; y, sus aportantes estar plenamente identificados, conforme a la normativa.

Subraya que las simulaciones de contribuciones efectuadas usando a terceros quedan prohibidas siendo sujeto a las sanciones penales correspondientes.

 

Otras prohibiciones para el financiamiento de partidos y campañas políticas


Los partidos o candidatos que incumplan las disposiciones de la lye, serán sancionados económicamente.

Cabe mencionar, que Ley de Política Limpia estipula otras prohibiciones de aportaciones a los sujetos obligados; entre ellas las organizaciones políticas y sus candidatos.

Las contribuciones de entidades, empresas públicas o con participación del Estado, aportaciones o donaciones anónimas. Al igual que las provenientes de los funcionarios y empleados públicos están restringidas.

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También, se prohíben las contribuciones de instituciones religiosas de cualquier denominación o aquellas procedentes de personas naturales o jurídicas extranjeras.

Las aportaciones privadas que se reciban deben de ser respaldadas con documentos impresos en original; y dos copias con el nombre del partido político, candidatura independiente o candidatos extendidos por el receptor, conforme al marco legal vigente.

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