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viernes, abril 19, 2024

Tomás Zambrano presidirá Comisión para dictaminar prohibición de aborto

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. El presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, nombró al primer secretario Tomás Zambrano como presidente de la Comisión Especial en el proceso de elaboración del dictamen del proyecto de reforma del artículo 67 de la Constitución de la República, que tiene como objetivo prohibir constitucionalmente el aborto.

La iniciativa la dictaminará la Comisión Especial para atender asuntos que surgieron durante la pandemia de la COVID-19, pero en este caso, y en este único tema, se nombró como presidente el diputado por el departamento de Valle, Tomás Zambrano.

El parlamentario sustituirá al diputado por Santa Bárbara, Mario Alonso Pérez, ya que es el proyectista de dicha reforma.

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Oliva en contra del aborto

«Soy médico cirujano, me preparé para preservar la vida, no estaré nunca a favor del aborto”, dijo recientemente, Mauricio Oliva en Twitter.

Asimismo, agregó que «en el Congreso Nacional votaré por la vida. Estoy dispuesto a ser flexible en varios temas del nuevo Código Penal, pero no voy a ceder es permitir el aborto en Honduras».

De acuerdo a un boletín informativo que compartió el Poder Legislativo, el citado 67 quedaría de la siguiente manera:

«Al que está por nacer se le considerará nacido para todo lo que le favorezca dentro de los límites establecidos por la ley«.

También agrega que, se considera prohibida e ilegal la práctica de cualquier forma de interrupción de la vida del que está por nacer, a quien debe respetarse la vida en todo momento. Serán nulas las disposiciones legales que establezcan lo contrario.

Lo dispuesto en el presente artículo sólo podrá reformarse por una mayoría de tres cuartas partes de los miembros del pleno del Congreso Nacional.

Sus disposiciones no perderán vigencia o dejarán de cumplirse cuando sea supuestamente derogado o modificado por otro precepto constitucional.

En caso de aprobarse una nueva Constitución, sus disposiciones se incorporarán en la misma, salvo que por unanimidad de la Asamblea Constituyente se establezca lo contrario.


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