Advierten de multas por incumplir con aumento al salario mínimo

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Salario mínimo en Honduras
Fuertes sanciones a empresas que no respeten la ley laboral

TEGUCIGALPA. Salario mínimo debe ser pagado por todas las empresas, de no ser así, estas podrían ser sancionadas, según anunciaron las autoridades de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social (STSS).

Las sanciones incluyen la multa de 1,000 lempiras mensuales por empleado.

De acuerdo con el artículo 37 de la Ley del Salario Mínimo. “Todo trabajador al que le sean aplicables salarios mínimos y reciba salarios inferiores a los salarios mínimos a que tiene derecho, podrá recuperar las sumas que se le adeuden”.

“El trabajador podrá cobrar en concepto de daños y perjuicios, además, de lo que se le adeudó una suma igual”. Cita el artículo 40 de la Ley de Salario Mínimo de Honduras.

También la empresa que incumpla con el pago del salario mínimo podría estar clausurada por un término de 45 días. Advirtió el ministro de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Carlos Madero.

“Entre más le debe un empleador a un trabajador la sanción será más fuerte”, sentenció, el funcionario.

De igual forma la ley permite la conciliación entre el empleador y el trabajador en un periodo de 10 días.

Cada vez que se aprueba el nuevo salario mínimo en el país, las cifras arrojan que de las empresas, el 60% o más, no lo cumplen.

Sin embargo, el titular del trabajo dijo el incumplimiento al pago del salario mínimo, incluye el no pago de las horas extras.

Asimismo las referentes a la seguridad laboral, riesgos profesionales o en su defecto.

Salario mínimo fue aprobado en enero

El gobierno junto a la empresa privada y representantes de los trabajadores llegaron a un acuerdo sobre el nuevo salario mínimo en Honduras.

El aumento tiene vigencia de 2 años: 2017 y 2018, según el acuerdo.

Por tanto, el aumento se clasifica de la siguiente manera de acuerdo al tamaño de la empresa:
  • Entre 1 a 50 empleados: aumento del 3.31% en el 2017; 3.90% en el 2018.
  • 51 a 150 empleados: 5% para el 2017; 5.50% para el 2018.
  • 150 empleados en adelante: 6% para el 2017; y 6.15% para el 2018.

El aumento debe verse reflejado a partir del 15 de enero. Es decir, que en la siguiente quincena ya deberá hacerse efectivo el aumento en los salarios. Además, el aumento del año 2018 toma efecto a partir del 1 de enero de ese año.