29 C
San Pedro Sula
jueves, abril 25, 2024

Penalista: Nuevo Código Penal no castiga las manifestaciones populares

Debes leer

TEGUCIGALPA, HONDURAS. El abogado penalista, Hermes Ramírez, señaló que el nuevo Código Penal no castiga la manifestación popular puesto que no constituye el delito de terrorismo.

El escrito de ley, sí contiene nuevas figuras delictivas como la del terrorismo, apuntó Ramírez. No obstante, resaltó que no es verdad que criminaliza la protesta. Por lo cual, dijo que existen grupos terroristas destinados a enarbolar luchas con el propósito de desestabilizar el sistema.

“El delito de terrorismo del Código Penal está basado en los conceptos de la normativa internacional de la Convención Interamericana contra el terrorismo. Usted puede ir perfectamente a marchar a las calles, protestar, porque está en el ejercicio de sus derechos fundamentales de libertad de expresión a nivel constitucional”, sostuvo Ramírez.

Además, en su intervención sobre el nuevo Código Penal explicó:

“El delito de asociación terrorista del Código Penal está basado en los conceptos de la normativa internacional de la Convención Interamericana contra el terrorismo, es decir que estos tipos penales tenemos que verlo en relación a los convenios internacionales donde nos permite darle un concepto más claro a estos términos”.

Lea también: Por TV y Facebook explicarán el nuevo Código Penal a los hondureños

Nuevo Código Penal «no puede utilizarse para satanizar personas»

Por otro lado, señaló que puede haber castigos por parte de la ley “si la manifestación daña bienes de índole privada o pública, eso va a tener repercusiones penales, no solo en Honduras, sino en cualquier país del mundo”.

Como ejemplo, mencionó la quema de llantas frente a la Embajada de los Estados Unidos, donde resaltó que hubo un atentado contra la soberanía de otro Estado. Además, señaló el daño a la propiedad privada y estatal.

“El Código Penal no se puede ver con el ojo de la venganza, ni puede utilizarse para satanizar a las personas, no podemos caer en esos errores”, apuntó Ramírez.

Sobres esto, citó el Artículo 587 sobre terrorismo: “Son asociaciones terroristas las constituidas de modo permanente o transitorio, por dos o más personas, para cometer algún delito de algunas de las finalidades siguientes: subvertir el orden constitucional y provocar un Estado de terror en la población o parte de ella”.

Lucha contra el narcotráfico

Sobre la lucha contra los delitos de corrupción y narcotráfico, el abogado indicó que las penas han aumentado. Asimismo, aseguró que el nuevo Código Penal tiene diferente redacción a la utilizada en el Código Penal anterior, porque en cada uno de los delitos existe una gradualidad de la pena.

“Nosotros teníamos regulaciones obsoletas para temas de narcotráfico, donde se juzgaba con una pena sin importar la cantidad de droga que andaba, sin importar si era un camión el que trasladaba o si solo andaba unos cuantos gramos. Por eso actualizaron las leyes estableciendo parámetros de leyes completas”, explicó el especialista.

Además, agregó: “Se hizo de una forma escalonada, ajustando los reproches penales. Vea los artículos de la administración pública que puede tener penas agravadas de 10 a 13 años, superiores a la visión que tenía el Código Penal”.

Según el penalista, lo que intenta realmente el nuevo Código Penal es actualizar las leyes. De igual forma, establecer parámetros relacionados al daño causado por los ciudadanos que infringen la ley.

“Honduras, junto con El Salvador tienen los Códigos Penales más densos, más arbitrarios a nivel de Latinoamérica, porque son penas sumamente altas. Este, no es un Código Penal que garantiza libertades», apuntó.

Aseguró que el dictamen cumple la función de juzgar, limitar y meter presas a las personas que cometen un ilícito penal.

«¿Dónde estaban?» los organismos que se oponen

Por su parte, el abogado penalista, Ramón Barrios, manifestó: “No entiende a algunos diputados que votaron a favor en determinados artículos y ahora enarbolan diferentes banderas políticas. Porque ellos conocían que se trata de un Código Penal que no fue creado de la noche a la mañana».

A reglón seguido resaltó que el dictamen «es un producto que inició en 2014 y en todo este tiempo las personas y organismos que se oponen al Código, ¿Dónde estaban?”

Continuó argumentando que más de 60 organizaciones respaldaron este proceso. Incluso, mencionó que los nombres de estas personas se han publicado. «Muchas de las personas que están en ese listado, hoy se oponen. ¿Por qué antes decían que era bueno y ahora no?», cuestionó.

Delitos de malversación

Para conocer el nuevo Código Penal, el penalista Hermes Ramírez, aconsejó: “Es necesario que la población en general lea todo el articulado, porque no se puede basar opinión solo en un párrafo para decir que se han disminuido las penas en los delitos de corrupción, porque eso no es así”.

La importancia de dejar claro el tema es toral, dijo Ramírez. A la vez, señaló que no es verdad que el escrito busca disminuir las penas sobre los delitos de malversación de caudales públicos.

“El tipo básico de malversación establece una pena de 4 a 6 años de cárcel, lo interesante de la pena de un tercio se debe calcular conforme a las reglas del nuevo Código Penal y no a las del anterior con agravantes de un tercio, puede tener una pena de 6 a 9 años”, explicó.

La disminución de la pena por ese delito no existe, remarcó que es pensamiento es erróneo. Puesto que la misma interpretación del artículo señala que deberán cumplirse penas con agravantes de 10 a 13 años.

“El agravante va de acuerdo al monto de lo que el funcionario malversó”, cerró el abogado.


? Suscríbete gratis a más información sobre el #COVID-19 en nuestro WhatsApp haciendo clic en el enlace: bit.ly/whatsapptiempo

Estás a un paso de recibir nuestro PDF Gratis

Última Hora

Hoy en Cronómetro

error: Contenido Protegido