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FIH: «Lectura de la Biblia en escuelas públicas de Honduras es inconstitucional»

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Tegucigalpa. El Foro Intereclesiástico de Honduras, (FIH) este día se pronunció en contra de la moción de leer la Bilbia en forma voluntaria en los Centros de Educación Pública de Honduras.

El FIH considera esa iniciativa como  inconstitucional y violatoria a a los derechos humanos.

También argumentan que dicha moción va en contra de los derechos de los niños en Honduras.

Por su parte, el vocero del FIH, Ángel Ávila, comentó «nosotros como foro estamos preocupados por la decisión del Congreso de aprobar a la ligera una ley que aparentemente parece buena, porque la lectura de la Bilbia en los hogares es muy buena, pero al establecerla como ley en escuelas, esto viene a violentar el Estado laico de Honduras».

Además señaló, »si se impone leer la biblia de católicos, o evangélicos, se estaría violentando los derechos de los estudiantes de otras religiones.

Ávila recalcó que no existe oposición que la biblia se lea, esta debería de darse a conocer a los educandos, sin embargo, no debe convertirse en una ley.

De igual forma, anuncian que de ser aprobada dicha moción están dispuestos a luchar de manera frontal con líderes religiosos de otros países.

De tal modo, solicitan analizar la moción presentada por el diputado del Partido Nacional Tomás Zambrano.

Lea también: Aprueban moción sobre lectura diaria de la Biblia en escuelas y colegios

Aquí el comunicado del Foro Intereclesiástico de Honduras

Antecedente
El Congreso Nacional de Honduras, el día jueves 10 de mayo del 2018, aprobó una moción respecto a la Lectura y el estudio de la Biblia en los centros Educativos públicos, presentada por el diputado José Tomás Zambrano Molina, secretario del Congreso Nacional.

PRONUNCIAMIENTO

Ante tal moción, que atenta contra el Carácter Laico de la República de Honduras y viola preceptos Constitucionales, los Derechos Humanos; el FIH alza la voz con el objeto de visibilizar el trasfondo discriminatorio y anti democrático que se pretende imponer a las nuevas generaciones de educandos, pretextando fomentar valores religiosos a los integrantes de la sociedad Hondureña que es plural y diversa.

A continuación ponemos a la consideración del pueblo Hondureño las razones que deben prevalecer en toda política pública que pretenda implementarse a favor de la población avecindada en el territorio Hondureño.

PRIMERO. En toda institución Educativa pública, asisten niños y adolescentes de diferentes religiones, en este mosaico, cada religión, iglesia o entidad religiosa tiene su biblia y la manera correcta para llevar a cabo su análisis e interpretación. Ante esta realidad se impone la siguiente pregunta: ¿que biblia y de qué tipo de análisis e interpretación se impondrá en las instituciones educativas públicas?.

SEGUNDO. La Constitución de la República de Honduras en materia de Educación y Estado laico, establece: en el Capítulo VIII, de La Educación y la Cultura en su Artículo 151 “La educación es función esencial del Estado para la conservación, el fomento y difusión de la cultura, la cual deberá proyectar sus beneficios a la sociedad SIN DISCRIMINACIÓN DE NINGUNA NATURALEZA. LA EDUCACIÓN EN HONDURAS SERÁ LAICA y se fundamentará en los principios esenciales de la democracia, inculcará y fomentará en los educandos profundos sentimientos hondureñistas, y deberá vincularse directamente con el proceso académico y desarrollo económico y social del país.

Ademas en el ARTICULO 152 DE LA CONTITUCIÓN DE LA REPÚBLIA DE HONDURAS. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrán de darles a sus hijos.

En este ordenamiento constitucional y jurídico, los Padres de familia tienen el derecho de educar a sus hijos en el hogar en principios y valores universales, valores mórales y espirituales, es responsabilidad de los padres escoger la religión, que Biblia leer, en que creer o no creer y que fe inculcarles a sus hijos.

TERCERO. El Código de la Niñez y Adolecencia, en la sección el derecho de la educación pública en su ARTÍCULO 36, dispone El derecho a la educación incluye el de tener acceso a una instrucción actualizada y de calidad, SON DEBERES DEL ESTADO, ASEGURAR LA ENSEÑANZA PRIMARIA, LAICA, OBLIGATORIA Y GRATUITA.

En este marco social, constitucional y normativo, consideramos que esta moción presentada por el diputado Zambrano, es INCONSTITUCIONAL, DISCRIMINATORIA Y ANTI DEMOCRÁTICA; ya que la Constitución de la República dice expresamente que la educación es laica, secular, es decir, que la educación que imparte el Estado es pública y no debe establecerse ninguna religión o doctrina en particular; además, va en contra de los derechos fundamentales de la niñez y los adolescentes, también es contraria de los tratados internacionales de Derechos Humanos porque discrimina aquellos niños y adolescentes que no comparte la biblia que se usa en las escuelas y colegios que perecen a otra religión.

Por las razones manifiestas anteriormente, exigimos a todos los servidores públicos el respeto al Estado Laico, ya que el Estado de Honduras no es un Estado confesional; no se identifica con ninguna religión y, ni el gobierno de la República, ni el Congreso Nacional ni la secretaria de Educación en los despachos de Estado, tienen como obligación de promover a determinada religión, la lectura de la biblia o creencia religiosa, antes bien tienen el deber promover el carácter laico del Estado y sus instituciones públicas.

Sostenemos que ES RESPONSABILIDAD del Estado y todos sus agentes promover tanto los tratados internacionales de Derechos Humanos; la libertad de expresión, la libertad de culto y religión de conformidad con los principios que se encuentran consagrados por el Articulo 77 en nuestra carta magna, el cual establece: Se garantiza el libre ejercicio de todas las religiones y cultos sin preeminencia alguna, siempre que no contravengan las leyes y el orden público.

La moción presentada por el Diputado José Tomás Zambrano Medina contraviene el marco Constitucional y el orden público.

Por lo cual pedimos a nuestros distinguidos Diputados y Diputadas, realicen todo lo que en su esfera de competencia sea mandado por la constitución y lleven a cabo todas sus actuaciones en el marco de respeto al Estado Laico y el respeto por la diversidad religiosa, los derechos humanos y la no discriminación para niños y jóvenes de nuestro país, que asumen libre y responsablemente sus creencias.

Tegucigalpa M.D.C, 15 de mayo del año 2018

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