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martes, abril 16, 2024

En dos pruebas se basó el tribunal para encontrar culpable a Kevin

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Tegucigalpa. El testimonio de la esposa del ex fiscal Edwin Eguiguren, de María Auxiliadora Sierra, y el de su hijo menor de edad, fueron las dos pruebas que el tribunal de sentencias consideró válidas para condenar al universitario Kevin Solórzano por los delitos de asesinato y tentativa de asesinato.

La sala dos del Tribunal de Sentencias con jurisdicción nacional encontró la noche del miércoles culpable al joven capitalino de los hechos acontecidos el  11 de noviembre de  2014.

Para el tribunal, todas las declaraciones rendidas en juicio, fueron inconsistentes e inverosímiles. Excepto, dijeron los jueces, la de la esposa del ex fiscal y la de su menor hijo.

Ambos fueron testigos presenciales del hecho y sus versiones son contestes entre sí, afirma el fallo. El tribunal descartó la declaración de la testigo protegido conocido como Miriam Gonzáles.

Miriam Gonzáles  dijo que formaba parte de la mara MS y que le habían pagado por el crimen.

Refirió además nombres de cuatro personas, pero no dio datos adicionales, declararon los jueces.

En tanto, las versiones de Jorge Félix Fuentes y Frankling Hernández Maradiaga, investigadores, también fueron descartadas.

Ambos dijeron que tomaron testimonios de informantes y otros testigos.

Pero el tribunal señaló que estos testimonios no se encuentran respaldados por prueba científica alguna.

Estos testimonios son testigos únicamente de referencia, declararon los jueces en la lectura del fallo.

DECLARACIONES DE TESTIGOS CONTRADICTORIAS

Otras personas declararon haber visto los hechos y sus declaraciones fueron contradictorias, sostiene el fallo.

Uno de ellos dijo que fue testigo presencial de los hechos y aseguró que la esposa del fiscal le pidió ayuda.

Es decir, este testigo afirmaba que la señora Sierra no estaba allá con su esposo cuando lo mataron, precisan los jueces.

Otras pruebas testificales no fueron valoradas porque no fueron rendidas ante un juez competente.

Estas declaraciones sólo sirven para objetivar el hecho de que se tomaron en sede administrativa, declara la resolución.

Santos Rodríguez, quien también dijo ser testigo presencial, afirmó que vio a dos agresores que dijo eran de 35 a 38 años, pelearse tras el hecho.

Pero el tribunal comentó que a este testimonio no le confiere credibilidad.

Un testigo más declaró que en el momento del hecho se encontraba dentro de un bus y que vio pasar a dos sujetos.

Aseguró este testigo que los sujetos no se parecían al imputado y que era de una estatura distinta a la de Kevin. A esta declaración no se le concede credibilidad, establece la sentencia.

Esto por cuanto si el testigo se encontraba dentro del bus, no es posible que desde un plano superior pudiera definir la estatura de una persona.

Además, dijo que vio a una niña y en la escena nunca estuvo una niña, expresa el fallo.

Omar Soto, un testigo más, no fue considerado válido porque solo rindió declaraciones en sede administrativa.

Esta declaración además no se tomó siguiendo las reglas de contradicción de defensa, estableció el tribunal.

EL FAMOSO VIDEO DE KEVIN EN LA UNIVERSIDAD Y LAS LLAMADAS

Sobre el video que muestra a Kevin yendo a clases a Ceutec, el tribunal tuvo un criterio particular.

Este hecho ocurrió una hora después de la muerte del fiscal, por lo que no se acredita ni se descarta la participación, según los jueces.

El imputado contaba con el tiempo suficiente para trasladarse desde el hecho a la universidad, dijeron los togados.

El hecho de ser estudiante tampoco lo exime de cometer un delito, agregaron.

Se consideraron las declaraciones que en juicio dieron la madre y la hermana de Kevin, Ana Betty y Melisa Hernández, quienes dijeron que Kevin estaba en su casa a la hora del hecho y que salieron de su casa juntos.

Pero el tribunal consideró que estas declaraciones fueron contradictorias, así como los testimonios de Luis Felipe Berríos, amigo de Kevin y Marleni Cáceres, vecina.

Los registros de las llamadas fueron analizados, dijo el tribunal.

Dijeron los jueces que no existen registros de las llamadas de Ana Betty y su hijo, tanto de una comunicación que afirman haber cruzado a las seis de la mañana y una que dicen se hicieron a las diez de la mañana, el día del crimen.

Tampoco existe registro de la llamada que dice haberse cruzado Kevin con su compañero de aulas para irse de regreso a la casa, al mediodía ese once de noviembre.

Sobre la llamada de las 5:44 de la madrugada que Kevin dijo haber recibido al celular de su papá, de parte de su amigo, Luis Felipe Berríos si está registrada y salió de una antena que cubre la casa de Kevin, precisa el fallo.

En relación a los dos retratos hablados cuestionados y realizados por un retratista bajo indicaciones dadas por el hijo del ex fiscal, el tribunal dijo lo siguiente:

Que estima que al haber sido dadas las descripciones por un menor y que se ofrecieron en el momento de nerviosismo, los datos generales no necesariamente tienen que ser exactos.

La confección del retrato no desmerita la declaración del testigo presencial, es decir, el hijo del ex fiscal, según la sentencia.

DECLARACIÓN DE LA ESPOSA CONCUERDA

El tribunal refirió que analizó la concordancia con la que la señora Sierra y su hijo declaran que reconocieron a Kevin Solórzano, como la persona que participó en la muerte del ex fiscal.

Ambas declaraciones, son contestes entre sí, son creíbles y ellos se encontraban en el goce de sus capacidades para detectar e identificar al imputado Kevin Solórzano, precisaron.

Además, dice el tribunal, hay un indicio de oportunidad que ubica al imputado en la zona del hecho. Este indicio es la llamada que recibió al celular de su papá y que técnicamente lo ubica en una zona donde ocurrió la muerte.

El hijo del ex fiscal además dijo que el imputado vestía de la misma forma en que se observa a Kevin entrando a la universidad, sólo que sin la gorra, establece la sentencia.

Por otro lado, los jueces indican que no se estableció en el juicio que la esposa del ex fiscal tuviera motivos aviesos para echarle a Kevin la muerte de su esposo.

Mientras que los testigos a favor de Kevin, es decir, sus familiares, sí tienen suficientes razones de parentesco para sustraerlo del hecho, según el fallo.

HECHOS PROBADOS

El tribunal consideró que fueron hechos probados los siguientes:

  1. Que el 11 de noviembre a las 5:42 salieron de su casa el ex fiscal Edwin Eguiguren, su esposa, María Auxiliadora y sus hijos y se dirigían a abordar su vehículo, casi a un kilómetro de su casa.
  2. Minutos después ellos divisaron a tres personas que venían hacia ellos, uno de los cuales se quedó atrás y los otros dos avanzaron hasta encontrar a la familia, por lo que al tenerlos cerca se dirigieron al abogado y le dijeron buenos días.
  3. Uno de ellos le dijo al ex fiscal, esto es un asalto, mientras Kevin se acercó a la esposa y le dijo que agarrara los hijos y que corrieran. Ella le dijo a sus hijos que corrieran del lugar, y abrió su cartera y le dio su celular a Kevin.
  4. El otro sujeto se acercó al esposo y éste le dijo que no agredieran a su esposa. Entonces, lo puso de rodillas y lo hirió en la parte superior del cuerpo, con un arma corto punzante, hasta matarlo.
  5. En ese mismo momento, Kevin Solórzano accionó su arma para herir a la esposa del ex fiscal y el arma no se disparó. El otro sujeto, no llevado a juicio, accionó la suya y le disparó al ex fiscal para asegurar que estaba muerto
  6. El tercer sujeto que se había quedado vigilando la escena y les hizo una señal y salieron corriendo todos juntos hacia la parada de buses, donde Kevin tomó un medio de transporte, que lo llevó a la universidad donde estudiaba.

Habiendo expuesto todo lo anterior, el tribunal, por mayoría de votos, encontró a Kevin culpable del delito de asesinato en perjuicio de Edwin Eguiguren y de tentativa de asesinato en perjuicio de María Auxiliadora Sierra, esposa del fallecido.

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