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miércoles, abril 24, 2024

CN: Reos vulnerables al COVID-19 obtendrán arresto domiciliario

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. Reformas al artículo 184 del Código Procesal Penal aprobó este viernes el pleno de diputados del Congreso Nacional (CN) durante la primera sesión “On Line” realizada en el marco de la emergencia sanitaria por la propagación del COVID-19.

Según el Poder Legislativo dichas reformas son para aquellos reos que aún no son declarados culpables y que son vulnerables al COVID–19. Ellos obtendrán arresto domiciliario en tiempos de esta pandemia.

El secretario del CN, Tomás Zambrano presentó la dispensa de dos debates. Lo anterior, con el objetivo de darle celeridad a la aprobación de dichas reformas. En ese sentido, las nuevas enmiendas se discutieron y aprobaron en uno solo.

De igual forma, el vicepresidente del CN, Mario Pérez, aclaró que el decreto se dirige solamente a aquellos reclusos que tienen procesos incoados pero que todavía no se les condena.

“Es decir son personas que aún no se les declara culpables, pero que guardan prisión. Y que padecen de una enfermedad que los ponen en una condición de vulnerabilidad. Son personas que en caso de infectarse con el COVID – 19 en un centro penal con toda seguridad van a morir”, explicó Pérez.

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Indulto

Respecto al tema del indulto, el hemiciclo se apoyó en la Ley para Personas Privadas de Libertad con Enfermedades en Fase Terminal y Enfermedades Degenerativas del Sistema Nervioso.

Cabe señalar que dicha legislación tiene como objeto regular, excepcionalmente, los presupuestos y circunstancias de los reos con enfermedades incurables en fase terminal.

Asimismo, esa normativa contempla los procedimientos legales que deben observarse previo al des-internamiento de dichos reclusos.

De igual forma, la ley encarga a los directores de los centro penales que dictaminen sobre los posibles riesgos que implica la excarcelación del privado de libertad que padece una enfermedad terminal. Eso previo a los informes que remitan los Concejos Técnicos Interdisciplinarios. O de los respectivos profesionales de la Medicina y del Trabajo Social.

Para ello, los evaluadores se apoyarán en la escala del denominado “ÍNDICE DE ACTIVIDAD DE KARNOFSKY”. Ese índice determinará el nivel de gravedad del recluso que se vuelva paciente.

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